
La intervención policial en un pequeño negocio de barrio terminó por revelar una operación vinculada al tráfico de drogas en la región Amazonas. Lo que en apariencia funcionaba como una panadería en la ciudad de Santa María de Nieva se convirtió en el escenario de un proceso judicial que concluyó con una condena efectiva de prisión.
El caso se construyó a partir de información obtenida por agentes policiales, lo que permitió ubicar al principal implicado en su propio centro de trabajo. La investigación avanzó con rapidez y derivó en un juicio oral en el que el Ministerio Público presentó pruebas materiales y documentales que sostuvieron la acusación.
La Fiscalía Provincial Especializada en delitos de tráfico ilícito de drogas de Amazonas asumió la conducción del caso. Durante las audiencias, el representante fiscal expuso los elementos que, según su argumento, evidenciaban una conducta orientada al favorecimiento del comercio ilegal de sustancias prohibidas.
El proceso incluyó la revisión de los objetos incautados, el análisis de la intervención policial y la evaluación de la responsabilidad penal del acusado, en un contexto en el que la salud pública figuró como bien jurídico afectado.
Intervención policial y hallazgo de sustancias

De acuerdo con la exposición fiscal, el 22 de agosto de 2025, personal de la Comisaría de Condorcanqui ejecutó una intervención en la panadería “Merinor”, ubicada en Santa María de Nieva. La acción se realizó luego de recibir información de una fuente humana.
Durante el registro personal de Rafael Pérez Salazar, los agentes encontraron “dos (02) envoltorios de bolsa plástica transparente, conteniendo Marihuana y seis (06) envoltorios de papel bond, tipo ‘paco’, conteniendo Pasta Básica de Cocaína”, según detalló el Ministerio Público en el juicio.
La diligencia continuó dentro del local. En el primer ambiente del establecimiento, la policía incautó “cuarenta (40) envoltorios hechos de papel bond tipo ‘paco’, conteniendo Pasta Básica de Cocaína, quince (15) bolsas plásticas pequeñas transparentes, conteniendo Marihuana, nueve (09) envoltorios hechos de papel bond, tipo ‘Paco’, conteniendo Pasta Básica de Cocaína y tres (03) bolsas plásticas medianas, cada una con Marihuana”.
El total decomisado alcanzó 147 gramos de marihuana y 22 gramos de pasta básica de cocaína. Para la Fiscalía, esta cantidad representaba un riesgo directo, ya que “se ponía en peligro la Salud Pública”.
Desarrollo del juicio y postura de la defensa
Durante el juicio oral, el representante del Ministerio Público sostuvo que la conducta del acusado respondía a una acción dolosa. La acusación se centró en el delito de favorecimiento al tráfico ilícito de drogas, sustentado en la posesión y almacenamiento de las sustancias.
Por su parte, la defensa técnica de Rafael Pérez Salazar adoptó una estrategia distinta. Según se expuso en audiencia, el acusado “aceptaba los hechos pero no la calificación del tipo penal ni la pena propuesta por la Fiscalía”. Esta posición buscó reducir la gravedad jurídica del caso.
Sin embargo, el tribunal evaluó el conjunto de pruebas presentadas. La Fiscalía indicó que la defensa no logró desacreditar los elementos de cargo. En esa línea, el Ministerio Público afirmó que “no pudieron desvirtuar las pruebas de cargo actuadas”, lo que permitió sostener la imputación inicial.
El análisis incluyó tanto el acta de intervención como los informes periciales sobre las sustancias incautadas, además de los testimonios de los agentes que participaron en el operativo.
Sentencia y sanciones impuestas
El caso quedó en manos del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Utcubamba, que evaluó la responsabilidad penal del acusado. Tras la deliberación, el tribunal determinó que existían pruebas suficientes para emitir una condena.
La sentencia estableció ocho años de pena privativa de libertad contra Rafael Pérez Salazar por el delito de tráfico ilícito de drogas. Además, el fallo fijó el pago de una reparación civil de 1,500 soles a favor del Estado.
El juzgado concluyó que la conducta del acusado correspondía al favorecimiento del tráfico de drogas, en línea con la tesis sostenida por la Fiscalía durante el proceso.
La decisión judicial se apoyó en la acreditación de los hechos y en la valoración de las pruebas presentadas en el juicio oral, que permitieron establecer la responsabilidad penal del implicado.
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