Fuerza Popular apelará decisión del PJ para no pagar 17 millones de soles por lista de electores

Miguel Torres dice que el fujimorismo considera que monto para que la ONPE entregue copias certificadas es una “traba” a pesar de que el precio está fijado en el TUPA

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PJ estableció que Fuerza Popular
PJ estableció que Fuerza Popular tiene que pagar más de 17 millones de soles para acceder a la lista de electores de 2021. (Infobae Perú)

El partido político Fuerza Popular presentará una apelación ante el Poder Judicial para no tener que pagar 17 millones de soles a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) para obtener copias certificadas de las listas de electores de la segunda vuelta de las Elecciones 2021.

Así lo anunció el candidato a la Primera Vicepresidencia y al Senado, Miguel Torres, en entrevista con RPP Noticias.

“Obviamente nosotros hemos apelado, estamos apelando, estamos diciendo: ‘Oye, a ver, me lo puedes pasar digital y no tengo ningún problema?’ O sea, 17 millones es evidentemente una barrera que se nos está poniendo para tener la información a la cual no tendríamos cómo atender, pero podría ser de manera digital”, declaró.

El candidato también indicó que el fujimorismo discute “si es que la información que nos van a dar permite o no permite encontrar la verdad”. Esto en referencia a que no podrán acceder a la foto, firma y huella del elector porque son datos sensibles.

Según Fuerza Popular, en la segunda vuelta de las Elecciones 2021 habrían votado personas fallecidas y se habrían suplantado identidades. Sin embargo, toda denuncia fue desestimada por la Fiscalía y los observadores nacionales e internacionales descartaron todo señalamiento de fraude.

Fuerza Popular señala que revisión
Fuerza Popular señala que revisión de padrón electoral buscaba validar denuncias previas. (Foto composición: Infobae Perú/Agencia Andina)

¿Por qué el PJ le dio la razón a Fuerza Popular?

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) deberá entregar, bajo estrictas medidas de protección de datos personales, la lista de electores que participaron en la segunda vuelta de las Elecciones 2021 a Fuerza Popular, luego de que el Poder Judicial resolviera a su favor.

La decisión, adoptada en doble instancia, se produce tras una prolongada controversia luego de las denuncias de un inexistente fraude realizadas por Fujimori tras los comicios en los que resultó derrotada por tercera vez.

En el fallo de segunda instancia, la Segunda Sala en lo Constitucional de Lima precisó que la ONPE debe proporcionar la documentación “aplicando las medidas de protección necesarias para salvaguardar datos sensibles”. Para los magistrados, la lista reviste “naturaleza pública” y la respuesta negativa de la entidad electoral “no fue debidamente fundamentada ni proporcional”, según consta en la sentencia a la que accedió Infobae.

El caso se remonta a 2021, cuando Fujimori y su partido solicitaron la lista para intentar acreditar presuntas irregularidades electorales, entre ellas “suplantación de identidades” y “alteración de firmas”. La ONPE rechazó inicialmente el pedido, alegando protección de datos personales sensibles, como grado de instrucción, firma y huella digital de cada votante, cuya entrega implicaría una vulneración de la intimidad de millones de ciudadanos.

Después de la negativa, Fuerza Popular interpuso una demanda de hábeas data. El juez supernumerario Alexis Anicama –quien previamente había dispuesto la anulación de la destitución de Luis Arce Córdova y ordenado pensión vitalicia para el expresidente Pedro Castillo– atendió el reclamo y falló en primera instancia a favor del partido de Fujimori. En ese pronunciamiento inicial, la judicatura sostuvo que la lista tenía carácter público por haber sido utilizada oficialmente en el proceso electoral de 2021, por lo que debía ser entregada a los solicitantes.

El fallo de primera instancia, no obstante, omitió cualquier consideración sobre los posibles riesgos asociados a la distribución de información personal contenida en la lista. Fue en la revisión de la Segunda Sala donde se introdujo la obligación de preservar aquellos datos que pudieran afectar la privacidad de los involucrados. Los jueces indicaron que la ONPE no ponderó alternativas como la “disociación, anonimización o supresión de datos sensibles”, sino que actuó mediante una “negativa absoluta, sin ofrecer alternativas razonables ni evaluar el interés público”.