
El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) aprobó los nuevos requisitos sanitarios para la importación de cueros y pieles enteros en bruto de caballo provenientes de la República Argentina, conforme a la Resolución Directoral N° D000011-2026-MIDAGRI-SENASA-DSA, publicada el 18 de marzo de 2026.
Esta medida refuerza los controles sobre los productos pecuarios importados y responde al proceso de armonización realizado entre las autoridades sanitarias de ambos países.
Cuero de caballo: un nuevo marco sanitario para productos argentinos
La disposición oficial exige que todo envío de cueros y pieles de caballo esté respaldado por un certificado sanitario de exportación emitido por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) de Argentina.
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El documento debe demostrar que los animales de origen nacieron y se criaron en territorio argentino, y que fueron sacrificados en frigoríficos habilitados y sometidos a inspección sanitaria veterinaria oficial.

Argentina es uno de los principales exportadores mundiales de carne equina y subproductos, y en 2024 ocupó el décimo puesto global en exportaciones de cuero animal, con ventas por 482 millones de dólares, según datos del OEC y de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía de la Nación.
Las exportaciones de cuero animal constituyeron el producto número 26 en importancia dentro de la oferta exportadora del país, con destinos principales como Tailandia, China, Vietnam, India y Austria.
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El peso de la industria exportadora equina en Argentina
El sector de cueros y pieles de caballo es clave dentro de la cadena agroindustrial argentina. La industria de carne equina genera empleo directo para unas 1.000 familias e indirecto para otras 1.500, además de la mano de obra rural y la industria veterinaria relacionada.
Solo cuatro frigoríficos cuentan con habilitación para faenar equinos, con la mayor parte de la producción concentrada en dos de ellos. La provincia de Buenos Aires es la principal productora, seguida por Corrientes y Entre Ríos.

SENASA: Frigoríficos habilitados y control veterinario
La normativa peruana establece que los cueros y pieles deben estar embalados en material adecuado, con identificación clara del país y establecimiento de origen, así como la fecha de producción y vigencia.
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El establecimiento productor y un radio de 10 kilómetros a su alrededor no deben estar bajo cuarentena ni restricción de movilización durante los 60 días previos al embarque. Además, la inspección final queda a cargo de un veterinario oficial del SENASA argentino en el punto de salida.
Piel de caballo que no pase, será devuelta
En el contexto de la economía argentina, la exportación de cueros y pieles de caballo refleja la relevancia de la industria frigorífica y ganadera.
En 2024, el país exportó 935.261 toneladas de carne vacuna, alcanzando cifras récord en ese sector, mientras que la carne equina, restringida para el mercado interno, se destina íntegramente a la exportación, tanto para consumo humano como para usos industriales, alimentos para mascotas e insumos farmacéuticos.
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La resolución peruana advierte que, en caso de incumplimiento de los requisitos certificados, la mercadería será devuelta a su país de origen.
El documento fue firmado por Mario Alexis Bonifaz Flores, Director General de la Dirección de Sanidad Animal del SENASA, y su publicación se realizó en el diario El Peruano y en el portal institucional de la entidad.
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