
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos manifestó su rechazo a la decisión del Tribunal Constitucional que anuló la condena contra el exministro Daniel Urresti por el asesinato del periodista Hugo Bustíos, ocurrido en 1988 durante el conflicto armado interno. Para el organismo, el fallo no solo afecta este caso, sino que podría tener consecuencias más amplias en otros procesos por violaciones graves de derechos humanos.
“La Comisión manifiesta su rechazo ante la decisión del Tribunal Constitucional”, señala el comunicado, en el que además expresa su preocupación por el incumplimiento de sus recomendaciones previas. La CIDH advirtió que la medida podría “profundizar los escenarios de impunidad” en investigaciones vinculadas a crímenes cometidos entre 1980 y el 2000, muchos de ellos aún en trámite.
El Tribunal Constitucional resolvió el pasado 6 de febrero de 2026 dejar sin efecto la sentencia condenatoria emitida por el Poder Judicial, al considerar que los hechos no podían ser calificados como crímenes de lesa humanidad bajo la Ley 32.107, debido a que ocurrieron antes de la entrada en vigor del Estatuto de Roma en el Perú. En consecuencia, declaró prescrita la acción penal y ordenó la liberación inmediata de Urresti.

Frente a ello, la CIDH recordó que el Estado peruano tiene una “obligación inderogable de investigar, juzgar y sancionar” este tipo de delitos, así como de evitar cualquier forma de impunidad. En esa línea, remarcó que estos principios derivan del derecho internacional consuetudinario y de normas imperativas (ius cogens), por lo que no pueden ser limitados por interpretaciones restrictivas del derecho interno.
Cuestionamientos al TC y advertencia por impacto en otros casos
El organismo interamericano también cuestionó que el Tribunal Constitucional no haya realizado un adecuado control de convencionalidad en su decisión. Según advirtió, esta omisión implica desconocer estándares internacionales y los requerimientos del propio sistema interamericano, que ha instado al Estado peruano a abstenerse de aplicar normas que obstaculicen el acceso a la justicia.
En particular, la CIDH alertó que el criterio adoptado por el TC podría restringir la facultad de jueces y juezas para aplicar control difuso y garantizar la compatibilidad de las leyes nacionales con las obligaciones internacionales. Esto, sostuvo, representa un riesgo para un número significativo de procesos aún abiertos.

“La Comisión reafirma que la imprescriptibilidad de crímenes internacionales y graves violaciones de derechos humanos (…) no puede verse limitada por interpretaciones restrictivas del derecho interno”, enfatiza el pronunciamiento.
Asimismo, subrayó que esta decisión se produce en un “contexto de serios retrocesos en materia de memoria, verdad y justicia en el Perú”. Recordó que ya en 2024 había advertido sobre la posible incompatibilidad de la Ley 32.107 con los estándares internacionales, e incluso instó a derogarla.

El caso Hugo Bustíos: contexto y proceso judicial
El asesinato de Hugo Bustíos ocurrió el 24 de noviembre de 1988 en Huanta, Ayacucho, cuando el corresponsal de la revista Caretas y su colega Eduardo Rojas Arce fueron atacados durante una investigación sobre crímenes atribuidos a Sendero Luminoso. Bustíos murió como consecuencia de explosivos detonados en su cuerpo luego de haber sido herido de bala. Rojas sobrevivió y testificó que los atacantes eran militares.

En 2008, el coronel Víctor La Vera Hernández y el mayor Víctor Amador Vidal Sanbeto recibieron condenas como autores materiales del asesinato. El tribunal enjuició a Urresti como coautor, quien era entonces jefe de inteligencia militar en el cuartel de Castropampa y, años después, ministro del Interior. El juicio oral contra Urresti comenzó en 2015. Una primera absolución en 2018 fue anulada por la Corte Suprema de Justicia, ordenando un nuevo proceso que en 2023 concluyó en condena, posteriormente anulada por el Tribunal Constitucional.
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