
El Ministerio de Energía y Minas (MINEM) de Perú dispuso la exoneración temporal del cumplimiento de la restricción horaria para las operaciones de almacenamiento, despacho y suministro de Gas Licuado de Petróleo (GLP) en zonas urbanas y comerciales de alta afluencia.
Así lo comunicó oficialmente la cartera dirigida por Ángelo Victorino Alfaro Lombardi, tras declarar la emergencia del sistema debido a un siniestro que interrumpió el transporte y la producción de este combustible esencial.
Según la Resolución Ministerial Nº 099-2026-MINEM/DM, publicada el 11 de marzo de 2026, la medida permitirá a agentes del sector operar fuera del horario habitual establecido en el artículo 118 del Reglamento de Seguridad para Instalaciones y Transportes de Gas Licuado de Petróleo.

Estas medidas se suman a decretos anteriores que autorizaron a productores y mayoristas a utilizar sus existencias de combustibles, aumentando así la oferta de gasoholes y diésel en el mercado. Además, se exceptuó temporalmente la obligación de mezclar biocombustibles, lo que facilita una mayor disponibilidad de gasolinas y diésel para los usuarios.
MINEM resuelve GLP sin límite horario ante la emergencia
La nueva decisión surge como respuesta a la emergencia generada por una deflagración ocurrida en la estación de válvulas ubicada en el KP 43 del distrito de Megantoni, en el departamento de Cusco.
El incidente ocasionó una paralización total e imprevista del transporte de líquidos de gas natural, lo que condujo a la suspensión de la producción de GLP en la Planta de Fraccionamiento de Líquidos de Gas Natural en Pisco. Según la información difundida por el MINEM, este hecho ha provocado restricciones de abastecimiento a nivel nacional y una mayor demanda operativa en la cadena logística del sector hidrocarburos.
La normativa original establecía que la descarga o trasiego de GLP en zonas urbanas o comerciales debía realizarse entre las 22:00 y las 06:00 horas para minimizar riesgos en áreas de alta concurrencia.
Ahora, con la exoneración temporal, los agentes podrán operar en cualquier horario, bajo la condición de extremar las medidas de seguridad técnica y operativa indicadas en el artículo 106 del reglamento vigente.

El suministro de GLP impactado por un siniestro en Camisea
El Ministerio de Energía y Minas fundamentó su decisión en el Informe Técnico Legal N° 041-2026-MINEM/DGH-DPTC-DNH, en el que se concluye que la medida resulta técnica y jurídicamente viable para evitar una grave afectación en el abastecimiento de hidrocarburos.
Además, la Oficina General de Asesoría Jurídica de la cartera respaldó la adopción de esta exoneración, en línea con lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 001-2011-EM.
La declaración de emergencia abarca el periodo comprendido entre el 1 y el 14 de marzo de 2026, durante el cual debe priorizarse el abastecimiento de gas natural en el mercado interno.
La interrupción del suministro y la reducción de la oferta han generado un incremento en la demanda de GLP, especialmente en instalaciones ubicadas en zonas urbanas y comerciales con alta afluencia, donde se localizan plantas de abastecimiento y puntos logísticos clave del sistema nacional de distribución.

¿Una respuesta rápida para mantener el abastecimiento?
La resolución establece que el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN) deberá ser notificado para que supervise y controle el cumplimiento de las condiciones extraordinarias dispuestas. La publicación de la medida se realizó en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional del MINEM.
De acuerdo con el documento oficial, la exoneración tendrá una vigencia de diez días calendario contados desde la publicación de la resolución, con la finalidad de permitir la recuperación progresiva de los niveles de stock de GLP y asegurar la continuidad del abastecimiento en todo el país.
“La emergencia generada por la paralización del transporte de líquidos de gas natural y la suspensión de la producción en Pisco exige acciones excepcionales para mitigar el impacto en el suministro de combustibles”, señala el informe técnico legal emitido por la Dirección General de Hidrocarburos (DGH).
El MINEM reiteró que la medida responde a una situación extraordinaria y que su aplicación estará sujeta a una estricta supervisión por parte de OSINERGMIN. La exoneración temporal busca restablecer el equilibrio en la cadena de abastecimiento de GLP en Perú y proteger la seguridad energética nacional frente a contingencias imprevistas.
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