JNE informa que más de 140 candidatos quedan fuera de las elecciones: 130 por renuncia y 19 por retiro oficial

De las 130 renuncias registradas, 43 siguen en trámite y 87 ya fueron resueltas. Las solicitudes incluyen a candidatos a la vicepresidencia, diputados, senadores y al Parlamento Andino

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La abogada Grecia Rentería, del Gabinete de Asesores del JNE, detalla en Canal N las cifras y diferencias entre renuncias y retiros de candidaturas en las Elecciones Generales 2026, y explica el proceso que sigue cada solicitud ante los Jurados Electorales Especiales. Fuente: X / Canal N

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) reportó el cierre del plazo para la presentación de renuncias y retiros de candidaturas en las Elecciones Generales 2026, con un total de 130 solicitudes de renuncia y 19 de retiro gestionadas ante los Jurados Electorales Especiales (JEE) hasta el 11 de febrero.

Entre las 130 solicitudes de renuncia recibidas por los JEE, 43 continúan en trámite y 87 ya fueron resueltas, según detalló el JNE. Las cifras comprenden un candidato a la vicepresidencia, 68 a diputados, 30 a senadores por distrito múltiple, 19 a senadores por distrito único y 12 al Parlamento Andino.

El análisis de la distribución geográfica muestra que los JEE de Lima Centro 2, Lima Oeste 3 y Piura 1 concentran la mayor cantidad de solicitudes de renuncia, con 32, 14 y 7 respectivamente. A estos les siguen Maynas, Cusco, Huancayo, Huaura, Tacna y Tambopata, que registran cinco solicitudes cada uno, de acuerdo con información oficial del JNE.

Respecto a los retiros de candidaturas, 19 pedidos fueron presentados por las organizaciones políticas, de los cuales 18 permanecen en trámite y uno fue resuelto por los JEE. En esta categoría, 10 corresponden a diputados, 7 a senadores por distrito múltiple y 2 a senadores por distrito único. No se presentaron retiros para la fórmula presidencial ni para el Parlamento Andino.

(Jurado Nacional de Elecciones)
(Jurado Nacional de Elecciones)

El JEE de Lima Oeste 3 lidera en cantidad de retiros, con tres solicitudes, seguido por Coronel Portillo, San Martín, Lima Centro 2 y Trujillo, que registran dos cada uno. La información fue difundida por el JNE a través de sus canales institucionales y replicada por Canal N.

Mecanismo de retiro de candidaturas establecido por el JNE

El proceso de retiro de candidaturas corresponde exclusivamente a las organizaciones políticas y debe formalizarse mediante la presentación de una solicitud por el personero legal ante el respectivo JEE.

De acuerdo con Grecia Rentería, abogada del Gabinete de Asesores del JNE, el pedido debe acompañarse de la documentación que respalde la decisión y cumplir con la normativa interna del partido y el procedimiento electoral. El JEE revisa si se han respetado los requisitos y emite una resolución al respecto.

Según el balance del JNE, la mayor parte de las solicitudes de retiro aún se encuentra en revisión, lo que implica que los JEE están verificando el cumplimiento de los procedimientos internos y legales antes de pronunciarse. Las cifras oficiales muestran que no se presentaron retiros para la fórmula presidencial ni para el Parlamento Andino, lo que delimita la afectación de estos procedimientos en el conjunto total de candidaturas.

En declaraciones a Canal N, Rentería puntualizó que “el personero de la organización política presenta al Jurado Electoral Especial la solicitud de retiro de la lista, fórmula o candidato, la misma que deberá ser adjuntada con los documentos pertinentes y el Jurado Electoral Especial verificará que se haya cumplido con la normativa interna y además con el debido proceso”.

Diferencias entre renuncia y retiro de una candidatura explicadas por el JNE

La diferencia clave entre una renuncia y un retiro de candidatura radica en el sujeto que impulsa el procedimiento y la vía administrativa ante el JNE. Según explicó Grecia Rentería en Canal N, la renuncia es un acto individual mediante el cual el propio candidato presenta su decisión de dejar la postulación ante el JEE correspondiente, desvinculándose de la organización política y de la contienda electoral.

En contraste, el retiro es una acción realizada por la organización política a través de su personero legal. Este representante solicita al JEE la exclusión de un candidato o de una lista, siempre adjuntando la documentación que acredite el acuerdo y respetando los plazos y normas internas. Rentería señaló que “en la renuncia, yo, Grecia, como candidata de una organización política, voy ante el Jurado Electoral Especial y presento mi renuncia a la organización política. Mientras que en el retiro lo hace el personero de la organización política”.}

La diferencia clave entre una
La diferencia clave entre una renuncia y un retiro de candidatura radica en el sujeto que impulsa el procedimiento y la vía administrativa ante el JNE.

El plazo límite para ambos procedimientos venció el 11 de febrero, fecha considerada un hito preclusivo en el cronograma electoral, según reiteró la abogada del JNE. A partir de ese momento, las listas y fórmulas admitidas por los JEE no pueden ser modificadas por renuncia o retiro, aunque persisten otras instancias como la presentación de tachas o la posibilidad de exclusión por fiscalización, dentro de los plazos establecidos.

De acuerdo con los datos oficiales del JNE, más de ocho mil candidatos se inscribieron para las elecciones, organizados en mil ochocientas ochenta y ocho fórmulas y listas, de las cuales mil setecientas dos fueron admitidas. El proceso de renuncias y retiros, así como la verificación de los requisitos legales, forma parte de la depuración final de las candidaturas que participarán en las Elecciones Generales 2026.