
El control del tránsito en las carreteras nacionales vuelve al centro del debate público. Esta vez, el foco está puesto en una práctica que, aunque frecuente, acarrea consecuencias directas: la ocupación ilegal de bermas y vías auxiliares. Durante 2025, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), a través de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN), registró cientos de reportes ciudadanos vinculados con esta conducta.
Las cifras revelan una dinámica clara entre denuncia y sanción. En un contexto de mayor vigilancia y uso de plataformas digitales, la entidad recibió 478 denuncias relacionadas con la circulación indebida en espacios destinados exclusivamente a peatones o a vehículos de emergencia. Cada caso activó un proceso de evaluación técnica y fiscalización administrativa.
El problema trasciende la infracción individual. La utilización de la berma como carril alterno no solo infringe el Reglamento Nacional de Tránsito; también afecta la seguridad vial y limita el paso de ambulancias y unidades de bomberos. En carreteras congestionadas, la diferencia entre respetar o invadir estos espacios puede determinar la rapidez de una atención de emergencia.
Denuncias y sanciones en cifras

Durante el año 2025, la SUTRAN procesó 478 denuncias ciudadanas vinculadas a la ocupación ilegal de vehículos en bermas y vías auxiliares. Estos espacios, según el Reglamento Nacional de Tránsito, no están autorizados para el tránsito vehicular regular, pues su finalidad es permitir la circulación de peatones y garantizar el paso de unidades de emergencia.
Como resultado del proceso de evaluación técnica y fiscalización administrativa, más de 250 infractores se encuentran en etapa de cobranza coactiva. Esto implica que, tras agotarse las instancias correspondientes, el Estado inició el procedimiento para exigir el pago de las multas impuestas.
Además, 82 casos cuentan con sanción firme. En paralelo, 63 infractores efectuaron el pago de la multa correspondiente. El resto de los expedientes continúa en trámite, conforme al debido procedimiento administrativo.
En términos generales, ocho de cada diez denuncias concluyeron en una acción sancionadora. Este dato refleja que la mayoría de los reportes ciudadanos superó la fase de evaluación y derivó en una medida concreta contra el conductor infractor.
El uso indebido de la berma representa una práctica que compromete la seguridad vial y dificulta el paso de vehículos de auxilio. La normativa es explícita: estos espacios no están destinados al tránsito vehicular ordinario. Su función responde a criterios de seguridad y prevención.
La SUTRAN subrayó que la participación ciudadana cumple un papel clave en el fortalecimiento de la fiscalización. Recordó que las denuncias pueden realizarse de manera gratuita y virtual a través de la Plataforma de Atención – Denuncia Servicios Fiscalizados disponible en el portal institucional.
Este mecanismo permite que cualquier persona reporte la infracción, siempre que cuente con información verificable. A partir de allí, la entidad activa la revisión técnica y administrativa correspondiente. El procedimiento se desarrolla bajo los parámetros del debido proceso, con notificación al presunto infractor y posibilidad de descargo.
Plan Viaje Seguro 2026 y fiscalización en verano

En paralelo al procesamiento de denuncias, el MTC informó que, en el marco del Plan Viaje Seguro 2026, la SUTRAN ejecuta acciones permanentes de fiscalización y sensibilización en carreteras, peajes y principales balnearios del sur y norte de Lima.
Estas intervenciones buscan prevenir conductas de riesgo, sobre todo durante la temporada de verano, cuando aumenta el flujo vehicular hacia zonas turísticas. La estrategia combina presencia en campo y campañas informativas orientadas a recordar las obligaciones de los conductores.
El mensaje institucional apunta a reforzar el cumplimiento de la norma. La ocupación ilegal de la berma no constituye una falta menor; implica una infracción que puede derivar en sanción económica y en procedimientos de cobranza coactiva.
La fiscalización, en este escenario, se apoya en datos, procedimientos y en la aplicación del Reglamento Nacional de Tránsito. El resultado queda reflejado en los expedientes que avanzan dentro del sistema administrativo y en las sanciones que ya cuentan con resolución definitiva.
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