Solicitud de retiro de AFP aún puede registrarse solo si se encuentra en este ‘estado’

AFP Integra se suma a Profuturo AFP y detalla en qué condiciones se puede volver a registrar la solicitud de retiro de AFP

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Las solicitudes en estado rechazado
Las solicitudes en estado rechazado podrán enviarse hasta el 30 de enero, pero solo en este caso, según informa AFP Integra a través de su portal. - Crédito Captura de AFP Integra

Aún se puede solicitar el retiro de AFP, pero solo para los afiliados que ya hayan hecho el registro del pedido y se les haya rechazado, según informpo AFP Integra a través de su aplicativo.

“Si tu solicitud de rectificación se encuentra en estado rechazado, puedes volver a registrarla hasta el 30 de enero comunicándote al (01) 513-5050 o a la línea gratuita 0800 40 110 (desde teléfono fijo para provincias), de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 7:00 p. m.”, se lee en el mensaje del la Agencia Virtual de AFP Integra.

Como se sabe, también Profuturo ha informado que el registro de solicitudes de retiro AFP de hasta 4 UIT puede realizarse hasta el viernes 30 de enero, pero solo en caso si la solicitud fue rechazada por la administradora por errores con el número de cuenta o banco.

Así puedes pedir la rectificación
Así puedes pedir la rectificación del monto de retiro AFP que pediste en Profuturo. - Crédito Andina/Jhonel Rodríguez Robles

¿Rechazaron tu solicitud? Aún podrás pedir

Si bien ya ha terminado el periodo para solicitar el retiro de AFP de hasta 4 UIT (S/ 22.000), miles de afiliados aún podrán hacer seguimiento y recibir sus pagos tras haber realizado el pedido, ya sea en su primera solicitud o la segunda (también conocida como el proceso de rectificación).

Pero, además, los afiliados de Profuturo AFP y AFP Integra podrán seguir solicitando su AFP, solo en caso se les haya rechazado este proceso por errores con la cuenta bancaria. Hasta el viernes 30 de enero se podrá solicitar hasta 4 UIT (S/ 22.000), o menos si ya se sacó un monto en la primera solicitud.)

“Si hiciste tu solicitud de retiro y recibiste una comunicación sobre el rechazo de la misma por observaciones de tu entidad financiera respecto a tu número de cuenta, solo en este caso podrás realizar la subsanación de tu solicitud únicamente a través de nuestra Agencia Virtual”, resaltó Profuturo.

Sí se podrá subsanar las
Sí se podrá subsanar las solicitudes de AFP que fueron rechazadas. - Crédito Captura de Profuturo AFP

Esto podrá realizarse a través de la agencia virtual y páginas dedicadas de cada administradora de pensiones; sin embargo, se debe resaltar que tanto Prima AFP como AFP Habitat no han detallado este proceso exacto.

¿Qué es la subsanación de retiro AFP?

La subsanación de la solicitud de AFP no debe confundir con la rectificación. Esta última era conocida también como la segunda solicitud para completar el retiro AFP, por el aumento de las 4 UIT a S/ 22 mil, pero también para quienes no hubieran solicitado todo el monto máximo en la primera oportunidad.

Esta subsanación tiene que ver con el proceso en que los afiliados podrán volver a solicitar AFP solo si la solicitud que tenían fue rechazada. Para esto, ahora tendrán hasta el viernes 30 de enero, en AFP Integra y Profuturo AFP. Las otras administradoras aún no se pronuncian por este mismo proceso.

Todos los detalles sobre el
Todos los detalles sobre el retiro de AFP: Así detallaron cómo se hará la solicitud cada AFP. - Crédito Composición Infobae/Difusión

¿Cómo seguir mi retiro AFP?

¿A quiénes le depositan AFP esta semana?

  • Para quienes pidieron el lunes 22 de diciembre de 2025 debieron recibir su primer depósito hasta el miércoles 21 de enero de 2026
  • Para quienes pidieron el martes 23 de diciembre de 2025 debieron recibir su primer depósito hasta el jueves 22 de enero de 2026
  • Para quienes pidieron el miércoles 24 de diciembre de 2025 recibirán su primer depósito hasta este viernes 23 de enero de 2026
  • Para quienes pidieron el viernes 26 de diciembre de 2025 recibirán su primer depósito hasta este viernes 23 de enero de 2026 también,, dado que los 30 días se cumplen en día no útil.