
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ha decidido elevar la valla de exigencia para las empresas dedicadas a la medición de la opinión pública. Con la mira puesta en las Elecciones Regionales y Municipales 2026, el nuevo “Reglamento de estudios de intención de voto en periodo electoral” establece que gigantes del sector como Ipsos, Datum y CPI, así como cualquier otra inscrita en el registro oficial, deberán someterse a una fiscalización integral que incluye la entrega de sus bases de datos en formatos Excel o SPSS.
Esta medida no es menor. Hasta ahora, la fiscalización se centraba mayoritariamente en la ficha técnica. Sin embargo, el nuevo reglamento exige que las encuestadoras entreguen un “Diccionario de datos”. Este documento permitirá al JNE auditar el procesamiento de la información, verificando las variables de ponderación y los criterios utilizados para llegar a los resultados finales. De esta manera, el organismo electoral busca evitar que proyecciones sin sustento técnico influyan en la voluntad popular.
Además, así como años anteriores, se ha confirmado la fecha límite para difundir encuestas sobre candidatos a vísperas del proceso electoral. La fecha ratificada será el domingo previo al día de las elecciones.

Lupa sobre el profesional estadístico y la metodología
Uno de los puntos más estrictos de la reciente normativa es la responsabilidad del profesional estadístico. Cada informe presentado ante el JNE deberá estar visado por un especialista colegiado y, sobre todo, habilitado para el ejercicio de la profesión. El reglamento advierte que el JNE verificará directamente en los portales de los colegios profesionales la condición del estadístico. Si no se logra comprobar su habilitación, el informe técnico no será admitido, lo que pone en riesgo la permanencia de la empresa en el Registro Electoral de Encuestadoras (REE).
Además, la fiscalización será ahora “digital y operativa”. Esto significa que la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales no solo revisará documentos, sino que podrá supervisar el trabajo de campo y el sistema de llamadas en el caso de las encuestas telefónicas. Se exigirá el detalle de la tasa de respuesta y el software utilizado, una exigencia que busca transparentar el origen de cada dato presentado al público a través de los medios de comunicación, según argumenta la norma.

Transparencia total en portales web
La normativa también impone obligaciones digitales ineludibles. Las encuestadoras están obligadas a mantener actualizados sus portales web institucionales con el informe técnico completo, la ficha técnica, el cuestionario y los resultados de cada estudio difundido. Esta obligación persiste incluso si la difusión original se realizó exclusivamente a través de redes sociales.
El Jurado Nacional ha garantizado la protección de las bases de datos que deberán ser entregados a la institución. Según lo estipulado en el nuevo reglamento, queda totalmente prohibido entregar los archivos a terceros, por lo que queda resguardada la propiedad intelectual de las empresas encuestadoras.
Finalmente, el JNE ha confirmado que se utilizará la Inteligencia Artificial para la fiscalización y la proyección de resoluciones. Algo que había sido adelantado en anteriormente con el lanzamiento de “EleccIA”, una herramienta que promete reducir el proceso a solo 6 minutos.
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