
El congresista Flavio Cruz, de Perú Libre, presentó el proyecto de ley 13497 para que las concesiones mineras ociosas pasen a ser administradas por el Estado. El objetivo, según el documento, es promover la formalización de los pequeños mineros artesanales y frenar la minería ilegal.
También se busca, de acuerdo con el legislador, la desconcentración de la riqueza, producto de la explotación de los recursos minerales y generar oportunidades de trabajo digno en el marco de la normativa vigente.

Modificaciones
Para implementar esta medida, se tendría que hacer estas modificaciones en los artículos 38, 39 y 40 del Capítulo 1, del Capítulo Sexto del TUO de la Ley General de Minería.
Cambios en el artículo 38
En este artículo se agrega que la falta de actividad minera comprobada o de producción mínima al término del décimo año facultaría al sector competente, declara la caducidad total o parcial del derecho minero de las concesiones ociosas y su reversión para que el Estado la administre.
Cambios en el artículo 39
El Derecho de Vigencia, por año y hectárea solicitada u otorgada, es de:
- US$ 3,00, hasta 10 mil hectáreas.
- US$ 6,00, de 10 mil a 50 mil hectáreas.
- US$ 10,00, mayor de 50 mil hectáreas.
“El pago del Derecho de Vigencia se efectúa ante la autoridad minera competente, esta verifica su cumplimiento de manera automática y electrónica. El incumplimiento en el pago del Derecho de Vigencia en los plazos establecidos genera consecuencias previstas en la normativa vigente, incluida la suspensión o caducidad del derecho minero de las concesiones mineras ociosas y su reversión a la administración del Estado”, se lee en el texto.
Cambios en el artículo 40
En lo referente a incumplimientos, se detalla en los siguientes casos:
- Pequeños mineros: pagar una penalidad que equivale al 2% de la producción mínima anual exigible por año y por hectárea otorgada efectiva.
- Mineros artesanales: pagar una penalidad equivalente al 1% de la producción mínima anual exigible por año y por hectárea otorgada efectiva.
- Pago de las penalidades en el plazo establecido: es causal de caducidad parcial o total del derecho minero de las concesiones mineras ociosas y su reversión a la administración del Estado, sin perjuicio de las sanciones administrativas que correspondan de acuerdo a la normativa.
- Producción mínima requerida o el pago de las penalidades: se suspenden todos los efectos contractivos y los integrantes de las concesiones, incluso a título de derechos administrativos, remanentes, modificados de titularidad y otras acciones ante la autoridad minera.

Finalmente, se dispone que el gobierno, por medio del Ministerio de Energía y Minas, se ejecuten acciones para implementar el reglamento de la ley, en máximo 60 días calendario, contados desde la entrada en vigor. También se deberá derogar y modificar las normas que se opongan.
El congresista Roberto Sánchez también presentó ante el Pleno del Parlamento un nuevo proyecto de ley que busca revertir las concesiones mineras ociosas a la administración del Estado. La iniciativa surgió a raíz de la baja productividad de extensas áreas sujetas a concesiones que no registran actividad minera ni cumplen con los requisitos de inversión mínimos. El proyecto apunta a facilitar la formalización de pequeños mineros y reactivar zonas donde la minería legal podría desarrollarse de manera sostenible.
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