
El Gobierno de Perú publicó un nuevo reglamento que marca un cambio en la gestión ambiental del país al establecer un marco integral para la prevención y el control de la contaminación lumínica.
La norma, aprobada por Decreto Supremo Nº 021-2025-MINAM y firmada por el presidente José Enrique Jerí Oré, busca contribuir a la mejora de la calidad de vida y la protección de la fauna silvestre en todo el territorio nacional, según consta en el decreto oficial.
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La reciente medida responde al mandato de la Ley Nº 31316, orientada a establecer un marco regulatorio aplicable a todas las fuentes de contaminación lumínica en el país.

Este nuevo reglamento, integrado por tres títulos, cinco capítulos, dos subcapítulos, veintisiete artículos, cuatro disposiciones complementarias finales, dos disposiciones complementarias transitorias y cuatro anexos, tiene como objetivo prevenir riesgos a la salud, promover la eficiencia energética, mejorar la seguridad vial y evitar la alteración del paisaje, según el documento publicado oficialmente.
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La norma aplica a través de las entidades y órganos estatales competentes y se fundamenta en el derecho constitucional de toda persona a un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de su vida, tal como dispone el artículo 2 de la Constitución Política del Perú y la Ley General del Ambiente (Ley Nº 28611).
Implementación y recursos
De acuerdo con el artículo 2 del decreto, la implementación se financiará mediante el presupuesto institucional de las entidades involucradas, sin requerir recursos adicionales al Tesoro Público.
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El financiamiento recae en organismos del Estado, entre ellos el Ministerio del Ambiente (Minam), el Ministerio de Educación, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de la Producción y el Ministerio de Energía y Minas. Estos ministerios refrendan la norma y son responsables de ejecutar políticas y acciones de promoción, conservación y uso sustentable de los recursos naturales.
La publicación oficial del decreto, el reglamento y sus anexos se realizará el mismo día de su entrada en vigencia tanto en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano como en las sedes digitales de los principales ministerios involucrados.
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Proceso de aprobación
El proceso para llegar a la publicación del reglamento implicó la elaboración de un proyecto, el cual fue sometido a consulta pública a través de la Resolución Ministerial Nº 073-2024-MINAM.

Según el documento, se recibieron aportes y comentarios de la ciudadanía y de diferentes actores interesados en cumplimiento de la política de transparencia y participación ciudadana prevista por el Estado peruano.
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La Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria (CMCR), adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, emitió una opinión favorable tras la revisión del análisis de impacto regulatorio y de calidad de la regulación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1565 y su reglamento respectivo.
El Decreto Supremo Nº 021-2025-MINAM fue refrendado por los titulares de los ministerios respectivos: Miguel Angel Espichán Mariñas (Ambiente), Jorge Eduardo Figueroa Guzmán (Educación), Luis Enrique Bravo de la Cruz (Energía y Minas), César Manuel Quispe Luján (Producción) y Aldo Martín Prieto Barrera (Transportes y Comunicaciones). Todos figuran en el documento oficial, sumando respaldo institucional a la puesta en marcha del nuevo reglamento.
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Objetivo y marco legal
La normativa publicada señala que el objeto del reglamento es establecer las directrices y alcances previstos en la Ley Nº 31316, bajo la premisa de velar por el bienestar de las personas y el cuidado de la biodiversidad. Entre sus fundamentos legales se hallan también la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo (Ley Nº 29158), el Decreto Legislativo Nº 1013 que regula la organización y funciones del MINAM, y la Ley General del Ambiente.
De acuerdo con lo estipulado en el artículo 3 del decreto, la publicación del reglamento y sus anexos permitirá que la ciudadanía acceda a la información completa sobre la nueva regulación ambiental en los portales digitales institucionales del Gobierno.
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