
La declaratoria del estado de emergencia en Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao implica un endurecimiento de las medidas de control y fiscalización de la circulación de motocicletas, según lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 124-2025-PCM. El Gobierno de Perú anunció que las restricciones buscan enfrentar el incremento de delitos vinculados al uso de vehículos menores, en particular las motocicletas, y fortalecer la estrategia de seguridad en las zonas más golpeadas por la criminalidad, según lo informado por El Peruano.
De acuerdo al decreto, desde el 21 de octubre de 2025, los motociclistas de Lima y Callao se encuentran sujetos a una serie de medidas específicas que afectan tanto a la circulación cotidiana como a la documentación y procedimientos de control vehicular.
¿Cuáles son las medidas que se aplicarán a motociclistas en Lima y Callao?
Entre las restricciones más relevantes destaca la prohibición del tránsito de dos personas adultas en vehículos menores motorizados de la categoría L3, es decir, en motocicletas lineales. Esta disposición, implementada como parte de los operativos para combatir el sicariato, la extorsión y el robo agravado, responde a patrones detectados en la comisión de delitos. Las investigaciones de la Policía Nacional del Perú (PNP), consignadas en el decreto, identificaron que la mayoría de asaltos cometidos por motociclistas involucran a dos adultos que emplean desplazamientos rápidos para la huida.
La restricción implica que únicamente podrá trasladarse una persona adulta como máximo por cada vehículo, salvo que se trate de menores o esté justificado mediante circunstancias específicas de excepción de acuerdo a la normativa vigente, aunque el decreto no establece estas excepciones de manera explícita.

El decreto anunciado por el Ejecutivo también autoriza la realización de operativos de control de identidad a conductores y ocupantes de motocicletas en cualquier punto de las jurisdicciones declaradas en emergencia. La PNP, en colaboración con las Fuerzas Armadas y los Serenazgos municipales, podrá detener motocicletas, solicitar la documentación correspondiente y verificar la identidad de cada ocupante, incluyendo revisión de antecedentes, órdenes de captura y regularidad de los permisos de circulación.
Además, los vehículos serán inspeccionados en busca de armas, drogas, productos ilícitos, así como para comprobar el estado de las placas de matrícula. Si se descubre alguna irregularidad, documentación adulterada, placas ilegibles, deterioradas, dañadas, laminadas o con objetos que impidan su correcta identificación, las autoridades están facultadas a retener inmediatamente la motocicleta y derivarla a las oficinas correspondientes para las diligencias e investigaciones del caso.
¿Durante cuánto tiempo regirán estas restricciones para los motociclistas?
Todas estas medidas estarán vigentes durante el tiempo que dure el estado de emergencia, es decir, los próximos 30 días desde la entrada en vigor de la norma, aunque el plazo podría extenderse si las autoridades consideran necesario prorrogar la emergencia mediante un nuevo decreto.
Los motociclistas que circulen por Lima y Callao durante la vigencia de la medida deberán atenerse estrictamente a estas nuevas disposiciones, bajo el riesgo de intervenciones, decomisos y sanciones administrativas que buscan contribuir a la reducción de delitos cometidos con este tipo de vehículos, según lo informado en el decreto supremo publicado en El Peruano.
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