
La fiscal de la Nación, Delia Espinoza, solicitó al Poder Judicial que declare la ilegalidad del partido político Fuerza Popular y que se disponga su cancelación en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
Espinoza invoca el artículo 14 de la Ley de Organizaciones Políticas, que faculta a la Corte Suprema a declarar ilegal a un partido "cuando considere que sus actividades son contrarias a los principios democráticos" y se cumplan uno de las tres condiciones previstas (vinculadas a legitimar atentados contra las personas y apoyar a organizaciones terroristas).
La solicitud puede ser presentada por el fiscal de la Nación o el defensor del Pueblo.

Las razones por las que Fuerza Popular sería ilegal
Para Delia Espinoza, Fuerza Popular habría desarrollado “actividades contrarias a los principios democráticos, consistentes en la vulneración sistemática de las libertades y derechos fundamentales”. Estas serían:
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- Promover atentados contra la integridad de magistrados, funcionarios públicos, opositores políticos, periodistas y medios de prensa independientes, sociedad civil organizada, y la persecución de estas personas por razón de su función pública, posición política, profesión y/u opinión. En resumen, un acoso sistemático contra personas que les parezcan incómodas.
- Promover la exclusión de congresistas (militantes e invitados) de su bancada por razón de disidencia política/libertad de conciencia.
- Exculpar atentados contra la vida e integridad de las víctimas del conflicto armado interno (1990-2000).
- Legitimar violencia como método de para la consecución de objetivos políticos.

La Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema resolverá la demanda de Delia Espinoza que solicita la declaración de ilegalidad de un partido político.
El proceso iniciará con la notificación de la demanda y sus anexos a Fuerza Popular para que pueda ejercer su defensa. Posteriormente se convocará a una audiencia y, una vez finalizada, el caso quedará pendiente de votación.
Para que prospere la declaratoria de ilegalidad, se requieren al menos cuatro votos de los cinco integrantes de la sala. En caso de un fallo desfavorable, tanto la Fiscalía como la agrupación de Keiko Fujimori tienen la posibilidad de apelar ante la Sala Suprema Civil Permanente.
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Esta es la segunda vez que el Ministerio Público solicita al Poder Judicial la declaración de ilegalidad de un partido por conducta antidemocrática. La primera organización a la que se le aplicó esta figura fue A.N.T.A.U.R.O., liderada por Antauro Humala.

Precedente de Antauro Humala
En enero de este año, la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema confirmó la ilegalidad de A.N.T.A.U.R.O., organización vinculada a Antauro Humala, lo que derivó en la cancelación de su inscripción en el Registro de Organizaciones Políticas del JNE y el cierre de todas sus sedes.
La decisión fue adoptada por unanimidad y ratificó la sentencia de primera instancia dictada por la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente, que ya había ordenado la cancelación de la inscripción del partido y el cierre de sus locales. La defensa de A.N.T.A.U.R.O. había apelado, alegando falta de fundamentos jurídicos, pero el tribunal consideró válidos los argumentos de la instancia anterior y declaró infundado el recurso.
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La sala declaró improcedente el pedido de la fiscalía para inhabilitar a los directivos del partido. Si bien la defensa alegó que Humala era solo un militante, los magistrados determinaron que su liderazgo estaba acreditado. Agregaron que algunos dirigentes asistieron a discursos antidemocráticos de Humala sin manifestar rechazo, pese a que esos discursos contravenían derechos protegidos por la Constitución.
El Poder Judicial declaró ilegal el partido de Antauro Humala y ordenó su disolución. El tribunal subrayó que las declaraciones de los dirigentes y órganos del partido comprometen a la organización, y que la ausencia de un rechazo explícito a proposiciones que atenten contra la democracia pone en riesgo los derechos fundamentales.
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El tribunal también precisó que la prohibición de la violencia como método político tiene fundamento constitucional y respaldo en la Declaración Universal de Derechos Humanos. Remarcó que la función de los partidos en democracia excede la participación en elecciones, ya que deben actuar conforme a los valores y principios democráticos.
Entre las expresiones cuestionadas por el tribunal figura una declaración de Antauro Humala publicada por el diario La República, en la que propuso retirar al Perú de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, conocida como Pacto de San José, con la finalidad de habilitar la pena de muerte para expresidentes.
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