Migraciones inicia formalización para extranjeros desde el 15 de septiembre: requisitos, plazos y quiénes no podrán acceder

El programa busca regularizar la situación de extranjeros con permanencia o residencia vencida, pero excluye a quienes ingresaron de manera irregular al Perú

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Migraciones anunció campaña. (Foto: Migraciones)
Migraciones anunció campaña. (Foto: Migraciones)

La Superintendencia Nacional de Migraciones anunció que el próximo 15 de septiembre dará inicio al nuevo proceso de formalización migratoria, dirigido a personas extranjeras que se encuentren con exceso de permanencia o residencia en el país. La medida forma parte del plan aprobado por la Resolución de Superintendencia N.° 000110-2025-MIGRACIONES, que contempla, además, la intensificación de operativos de verificación y fiscalización en todo el territorio nacional.

El programa ha sido denominado “Estar en regla no es opcional ¡Formaliza tu situación migratoria ya!”, y se diferencia de anteriores regularizaciones por establecer un marco más estricto: no aplicará a personas que ingresaron de manera irregular al Perú. Esto responde a lo estipulado en el Decreto Legislativo 1582, promulgado en noviembre de 2023, que modificó la Ley de Migraciones (DL 1350) y definió que el ingreso sin control migratorio constituye una infracción sancionable con expulsión inmediata mediante el Procedimiento Administrativo Sancionador Especial Excepcional (PASEE).

Con esta política, el Estado peruano busca reforzar el principio de soberanía y seguridad nacional, contribuyendo al orden interno y la seguridad ciudadana. Migraciones recordó que, como parte del proceso, también se recaba información socioeconómica de los extranjeros tanto en los trámites como en plataformas vinculadas a registros de hospedajes, con el fin de tener un mayor control sobre la población foránea en el país.

¿Quiénes pueden acceder al proceso de formalización?

De acuerdo con Migraciones, el proceso está dirigido a tres grupos principales de personas extranjeras:

  • Exceso de permanencia: Aquellos que tuvieron un Carné de Permiso Temporal de Permanencia (CPP/PTP) previamente emitido por Migraciones y que ahora se encuentra vencido.
  • Exceso de residencia: Extranjeros que contaban con un Carné de Extranjería y cuya residencia migratoria haya caducado.
  • Niños, niñas y adolescentes en situación migratoria irregular, quienes podrán acceder a este procedimiento para regularizar su situación.

En todos los casos, la persona solicitante deberá cumplir con los requisitos establecidos: no registrar antecedentes penales, judiciales o policiales en el Perú ni en el extranjero, y no tener alertas activas en INTERPOL.

Trámites y requisitos a través de la Agencia Digital

Migraciones ha precisado que el proceso se desarrollará principalmente a través de la Agencia Digital, donde los usuarios podrán iniciar y dar seguimiento a sus solicitudes.

En el caso de permanencia vencida, la persona deberá solicitar el cambio de calidad migratoria. Mientras que en el caso de residencia vencida, el trámite requerido será la prórroga de residencia.

Ambos procesos implican la presentación de documentación básica, entre la que figuran:

  • Copia del carné vencido (CPP/PTP o de Extranjería).
  • Declaración jurada de no tener antecedentes.
  • Documento de identidad válido del país de origen.
  • En el caso de menores, partida de nacimiento y documentos del padre, madre o tutor legal.

Migraciones indicó que estos trámites son estrictamente personales y deben realizarse únicamente a través de los canales oficiales, evitando intermediarios o gestores que ofrezcan servicios fraudulentos.

Intensificación de operativos de fiscalización

En paralelo al proceso de formalización, Migraciones anunció que se reforzarán los operativos de control y verificación migratoria en todo el país. Estas acciones se realizarán en conjunto con la Policía Nacional del Perú y otras instituciones vinculadas a la seguridad ciudadana.

El objetivo es identificar a las personas que ingresaron al Perú de manera irregular y que, por lo tanto, no podrán acceder al proceso de formalización, sino que serán pasibles de procedimientos de expulsión bajo el marco del Decreto Legislativo 1582.

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