
La controversia con el uso de los símbolos patrios en artículos comerciales parece haber acabado. Como se sabe la Ley 32251, ya promulgada, aún tiene pendiente la publicación de su reglamento, pero este ya fue adelantado como proyecto.
Este plantea que no se puedan usar símbolos como el escudo nacional con fines comerciales (como, por ejemplo, en estampados en polos para vender), lo que había llevado a protestar a los gremios de empresas. Sin embargo, Infobae Perú adelantó que no habrá una prohibición general para el uso comercial de estos símbolos, según señaló Susana Saldaña, presidenta de la Asociación de Empresarios de Gamarra, luego de reunión con el Ministerio de Defensa.
Pero justo este nuevo desarrollo, se empata con un nuevo proyecto de ley que busca modificar exactamente la medida planteada en la norma, adelantádose al reglamento que aún no sale. La modificación planteada permitiría el uso de símbolos patrios para fines comerciales, pero quedaría obsoleto visto el avance entre los gremios y el Estado.

Congreso busca modificar Ley 32251
El congresista José Luis Elías Avalos, miembro del Grupo Parlamentario Alianza para el Progreso, ha presentado un nuevo proyecto de ley que busca, exactamente, modificar el artículo 345 de la norma de símbolos patrios, la ya publicada Ley 32251 (como se sabe, el reglamento aún no se promulga, pero esta modificación se adelanta a lo que plantearía, según revela el proyecto de este reglamento).
El artículo 345 señala los actos de menosprecio con respecto al uso de símbolos patrios: “El que, por acto de menosprecio, usa como marca de fábrica o en artículos comerciales, en estampados de vestimentas o de cualquier otra manera, algún símbolo de la Patria o símbolo del Estado o emblema nacional o la imagen de algún precursor, prócer, héroe, libertador o mártir, establecido o reconocido por ley, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de un año, o con prestación de servicio comunitario de veinte a treinta jornadas”, recala la norma.
Si bien esto constituye un problema para los que hagan uso de intervenciones políticas de la bandera y el escudo patrio, por ejemplo, en polos —como la representación de la bandera en blanco y negro, o alguna intervención inclusive usando a un personaje de la historia peruana—, no así para los comerciantes que usen correctamente los símbolos patrios en el comercio.

Pero el problema venía con lo que se plantea como proyecto de reglamento, que prohibiría “todo uso con fines lucrativos, comerciales o de monetización, incluyendo su incorporación en contenidos para plataformas digitales, auspicios, publicidad, venta, promoción comercial o cualquier forma de aprovechamiento patrimonial, directo o indirecto” y hasta aprobaría sanciones.
Ante eso, el proyecto del Congreso (no confundir con el proyecto de reglamento) plantea agregar lo siguiente a la norma ya publicada:
“No constituye acto de menosprecio el uso respetuoso, íntegro y conforme al diseño oficial de los símbolos de la Patria, símbolos del Estado o la imagen de personajes históricos reconocidos por ley, cuando estos sean empleados en artículos comerciales, en estampados de vestimentas o de cualquier otra manera, siempre que preserve la forma oficial del símbolo, sin ningún tipo de alteración y contribuya a la difusión de la identidad nacional”.

El reglamento no prohibiría uso comercial
“Si bien, es de suma importancia garantizar la protección de los símbolos patrios, y de este modo preservar el carácter oficial de los referidos símbolos; es fundamental precisar que la sola utilización de estos símbolos en productos comerciales no constituye automáticamente un acto de menosprecio. Por el contrario, su uso realizado de manera respetuosa e integra puede convertirse en una herramienta muy importante para fomentar el patriotismo y el orgullo por nuestro país, reforzar nuestra identidad cultural, coadyuvar con las industrias textiles y creativas”, señala el proyecto del Congreso.
Como señaló Saldaña a Infobae Perú, en la reunión con el Ministerio de Defensa sobre la Ley de símbolos patrios, esta entidad señaló que la función del reglamento será definir pautas claras para el empleo oficial de los símbolos en el Estado y establecer criterios separados para el ámbito privado.
Así, los empresarios quedaron tranquilos confiando en que el uso comercial no se prohibirá y el reglamento final no afectará sus negocios.
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