
Desde este mes, los empleadores del sector público y privado pueden transferir sueldos, gratificaciones, compensaciones por tiempo de servicios (CTS) y otros beneficios laborales a través de billeteras digitales como Yape y Plin, siempre que exista acuerdo previo con el trabajador. Así lo establece la Ley N.º 32413, publicada en el diario oficial El Peruano y ya vigente en todo el país.
Esta norma legal busca ampliar el acceso a herramientas financieras modernas, especialmente entre personas que no tienen cuentas bancarias tradicionales. Con ello, se reconoce formalmente a las plataformas digitales como medios válidos para realizar depósitos laborales, bajo condiciones específicas y con la regulación de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
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¿Qué dice la ley sobre el uso de billeteras digitales?
La Ley N.º 32413 promueve el uso de billeteras digitales reguladas como un mecanismo válido para el pago de haberes y beneficios laborales. Este sistema solo se aplicará si el empleador y el trabajador lo acuerdan expresamente, ya sea al inicio de la relación laboral o en un momento posterior. La elección debe responder al interés del trabajador y a su comodidad en el uso de estos servicios.

El texto legal fue aprobado por el Congreso de la República el pasado 12 de junio y posteriormente promulgado por el Ejecutivo. Esta iniciativa forma parte del proyecto de ley 4975-2022-CR y tiene como finalidad fomentar la inclusión financiera de miles de ciudadanos, permitiéndoles acceder a sueldos y beneficios a través de canales digitales supervisados por la SBS.
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¿Qué billeteras pueden usarse y bajo qué condiciones?
La norma especifica que los pagos deben realizarse mediante billeteras digitales vinculadas a cuentas de ahorro o de dinero electrónico, operadas exclusivamente por entidades autorizadas y supervisadas. En la práctica, esto incluye a plataformas populares como Yape, Plin o similares, siempre que cumplan con los estándares de seguridad y estén respaldadas por el sistema financiero.
El reglamento también señala que se aplican los mismos derechos, obligaciones y garantías que rigen los depósitos realizados en cuentas bancarias tradicionales. Esto implica, por ejemplo, el respeto al límite de embargabilidad establecido por el Código Procesal Civil y el reconocimiento del pago como válido para efectos legales y contables.
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Acuerdo previo y límites definidos por la SBS

La implementación de esta modalidad exige un acuerdo previo entre las partes. El trabajador debe expresar su consentimiento de forma clara y voluntaria, y solo si considera que esta vía de pago resulta más conveniente que una cuenta bancaria tradicional. No se puede imponer el uso de billeteras digitales sin la aceptación del beneficiario.
Por otro lado, la SBS será la encargada de establecer los límites operativos para las operaciones con dinero electrónico destinadas al pago de haberes. Estos parámetros deberán garantizar la seguridad de las transferencias y permitirán evaluar el impacto de estas herramientas en la bancarización de sectores que tradicionalmente han estado excluidos del sistema financiero formal.
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¿Cuándo entra en vigencia y quién regula su aplicación?
Aunque la ley ya fue promulgada y publicada el 12 de julio de 2025, su reglamentación definitiva está pendiente. El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) tiene un plazo máximo de 90 días calendario para aprobar el reglamento correspondiente, que detallará las condiciones técnicas, operativas y de seguridad para su aplicación plena.

Mientras tanto, se aplicarán de manera supletoria las normas vigentes vinculadas al uso del dinero electrónico y a las condiciones generales para el depósito de haberes. La ley también establece que solo podrán participar billeteras que se encuentren bajo la supervisión de la SBS, excluyendo aquellas que no tengan respaldo formal ni regulación específica.
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