
Con la llegada del mes patrio, los espacios públicos y privados del país se tiñen de rojo y blanco como parte de las celebraciones por las Fiestas Patrias del 28 y 29 de julio. Entre las manifestaciones más visibles del fervor nacional se encuentra la escarapela, un distintivo que gran parte de la ciudadanía coloca en la ropa a modo de conmemoración. Sin embargo, la duda persiste: ¿puede una empresa obligar a sus trabajadores a llevarla durante la jornada laboral?
La respuesta, según la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), es clara. El uso de la escarapela es un acto voluntario y no forma parte de ninguna obligación regulada por la normativa laboral vigente. Esto significa que ningún empleador puede exigir su uso ni imponer sanciones si un trabajador decide no llevarla.
Este emblema, aunque extendido por costumbre y práctica social, no se encuentra reconocido entre los símbolos patrios oficiales establecidos por la Constitución Política del Perú, como sí ocurre con la bandera, el escudo y el himno nacional. Su uso, por lo tanto, tiene un carácter netamente simbólico y cultural, especialmente durante las fechas en que se conmemora la independencia nacional.

En julio, muchas empresas decoran sus oficinas y organizan dinámicas vinculadas al aniversario patrio. No obstante, este tipo de iniciativas no deben transgredir el derecho de cada persona a decidir cómo expresar su identidad nacional. Sunafil ha reiterado que cualquier medida que vulnere la libertad de expresión o imponga requisitos no contemplados en la ley podría considerarse una infracción laboral.
Qué hacer si se vulneran derechos en el centro de trabajo
La normativa peruana garantiza el respeto a la dignidad y la libertad individual dentro del entorno laboral. Ante cualquier situación en la que un trabajador se sienta obligado a usar escarapela contra su voluntad, o haya sido amenazado con sanciones por no hacerlo, puede presentar una denuncia ante Sunafil.
Esta entidad cuenta con mecanismos de fiscalización y control para atender casos en los que se vulneran derechos fundamentales de los trabajadores. La presión para cumplir con imposiciones no reguladas constituye una infracción grave que puede acarrear sanciones para el empleador.
En línea con ello, la legislación prohíbe prácticas que generen discriminación o atenten contra la libertad de conciencia. Esto incluye la imposición de símbolos u obligaciones que no estén debidamente respaldadas por el reglamento interno de trabajo ni por normas legales.
De producirse una situación de este tipo, el trabajador tiene derecho a recurrir a los canales formales de reclamo, ya sea de manera presencial o digital, a través del portal de Sunafil o la línea telefónica de atención al ciudadano.

Así, mientras el país se prepara para celebrar un nuevo aniversario de su independencia, las instituciones reafirman la necesidad de mantener espacios laborales respetuosos, libres de presiones simbólicas o culturales que puedan interpretarse como obligaciones.
El uso de la escarapela es, entonces, una expresión libre de patriotismo que cada trabajador puede adoptar o no, sin que ello afecte su desempeño, evaluación o ambiente laboral.
¿Habrá fin de semana largo por 28 y 29 de julio?
Una de las dudas recurrentes cada año es si los feriados de Fiestas Patrias permitirán a los peruanos disfrutar de un fin de semana largo. Para el 2025, la respuesta es afirmativa, aunque con matices: el 28 de julio, Día de la Independencia del Perú, caerá en lunes, lo que abre la posibilidad de unirlo al sábado 26 y domingo 27 para formar un fin de semana largo. Esta situación resulta ideal para quienes buscan tomarse un respiro y aprovechar las festividades patrias para viajar o descansar en familia.
Sin embargo, el descanso extendido podría no ser para todos. Los que logren coordinar sus días libres entre el 28 y el martes 29 de julio —también feriado oficial por las Fuerzas Armadas y Policía Nacional—, tendrán la oportunidad de disfrutar de hasta cuatro días consecutivos de descanso.
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