
La congresista de Podemos Perú, Francis Paredes, presentó un proyecto de ley para regular la vigencia del cuestionado decreto supremo que aprobó el incremento de sueldo de la presidenta Dina Boluarte, quien a partir de este mes pasará de recibir 16 mil soles a más de 35 mil soles mensuales.
De acuerdo con el proyecto de ley, el aumento del sueldo del presidente de la República recién entraría en vigencia a partir del 28 de julio de 2026, es decir, cuando el nuevo jefe de Estado elegido en las Elecciones 2026 inicie funciones.
“Se establece que los efectos establecidos por el Decreto Supremo N.° 136-2025-EF,que aprueba el monto de la compensación económica del presidente de la República, surten efectos a partir del 28 de julio del año 2026“, se lee en la iniciativa.

Esta es una opción totalmente diferente a los proyectos de ley presentados para derogar la referida norma, presentada por grupos de izquierda, por considerarla inoportuna e injustificada.
Justamente, en la sesión de hoy miércoles 9 de julio, la congresista Sigrid Bazán pidió al presidente del Congreso, Eduardo Salhuana, que se priorice el debate de las iniciativas con las que se buscan dejar sin efecto el aumento del sueldo de Dina Boluarte. Sin embargo, no recibió respuesta alguna.
Motivos
Según el proyecto de ley de Francis Paredes, el Gobierno de Dina Boluarte elevó el sueldo presidencial “de forma legal, pero no legítima”. “Ha decidido incrementar el sueldo para hacer un comparativo con otras regiones, lo que si bien es cierto justifica legalmente dicho incremento, no lo legitima ante el pueblo", dice.
La parlamentaria de Podemos sostiene que Boluarte postuló “en una lista en la cual se conocía de plena manera” que la remuneración era “digna, pero no la mayor, y que no se postulaba para ganar más que otros funcionarios sino para gobernar”.
“Incrementar la remuneración como se ha indicado es legal, pero no es legitimo puesto que se cambia las reglas del juego con las que se postuló. Si no le gustaba el monto por ser muy bajo pues no debió postular o debó declinar asumir el cargo”, protestó.
Por ello, plante que el incremento de la remuneración del jefe de Estado aplique a partir del siguiente mandato, es decir, para “quienes postulen a dicho cargo sepan que además el sueldo que les correspondería el establecido por el Decreto Supremo N.° 136-2025-EF".
Dina se pudo negar
El Ejecutivo justificó su decisión de aumentar el sueldo de Dina Boluarte como una obligación derivada de la transición del Despacho Presidencial al régimen Servir, pero esta explicación ha sido desmentida por expertos, exfuncionarios y la propia gerenta de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir), Mariella Herrera.
Según Herrera, aunque la transición al régimen del servicio civil es obligatoria, Servir no establece los montos salariales, ya que esta responsabilidad recae exclusivamente en el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y el Consejo de Ministros. La decisión, por tanto, fue de carácter político y no una imposición legal, como afirmó Boluarte al señalar que “nadie está al margen de la ley”.
La narrativa de una obligatoriedad ineludible se debilita aún más al considerar antecedentes. Desde la vigencia de la Ley Servir en 2013, ningún presidente previo —Ollanta Humala, Pedro Pablo Kuczynski, Martín Vizcarra ni Francisco Sagasti— recibió un aumento similar, a pesar de que los ministros sí duplicaron sus salarios en algunos casos. Según Herrera y el presidente de Servir, Guillermo Valdivieso, la determinación del sueldo presidencial es competencia exclusiva del MEF, y Servir no realizó estudios ni intervino en la fijación del monto.
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