
El Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional declaró infundada la solicitud presentada por la defensa de Vladimir Cerrón Rojas, líder de Perú Libre, para variar la orden de prisión preventiva que pesa en su contra y reemplazarla por una medida de comparecencia simple. De esta forma, la orden de prisión preventiva por los presuntos delitos de organización criminal y lavado de activos se mantiene firme y vigente.
La defensa legal del prófugo argumentó que, en el tiempo transcurrido desde que se dictó la prisión preventiva, se habrían producido hechos nuevos que ameritaban una medida menos severa. Sostuvo que, en procesos penales distintos, Cerrón había recibido resoluciones favorables: el Tribunal Constitucional anuló la sentencia por colusión simple en el caso “La Oroya”, mientras que la Corte Suprema lo absolvió por el caso “Aeródromo Huanca”, ambos dictámenes entre fines de 2024 y marzo de 2025, respectivamente.
Según explicó su abogado, estas sentencias anuladas o inexistentes justificaron que Cerrón priorizara mantenerse en libertad y que se hubiera visto obligado a incumplir las reglas de conducta que le imponía el Poder Judicial. Añadieron que existían informes periciales y técnicos, de la SUNAT y de la Policía, que ratificaban la inexistencia de desbalance patrimonial por parte del exgobernador de Junín en determinados años. Además, señalaron que muchas de las investigaciones fiscales en curso no habrían presentado nuevos elementos de convicción en su contra.
Sin embargo, tanto el Ministerio Público como el juez a cargo del caso rechazaron estos argumentos. En primer lugar, indicaron que los informes contables presentados ya se habían evaluado anteriormente y no constituían nuevos elementos que justificaran suavizar la medida. Respecto a las sentencias anuladas o absolutorias, el juzgado precisó que cada proceso judicial se tramita de forma independiente, por lo que lo resuelto en otros expedientes no afecta la investigación actual, que gira en torno a los delitos de presunta organización criminal y lavado de activos en el partido Perú Libre.

En ese sentido, para el juez Leodan Cristóbal Ayala, las razones que motivaron la orden de prisión preventiva siguen plenamente vigentes. De acuerdo con la resolución, Cerrón incumplió de manera reiterada varias reglas procesales claves: no residió en el domicilio declarado, dejó de acudir al control biométrico mensual, no asistió a audiencias ni presentó informes sobre sus actividades al juzgado durante varios meses, y tampoco fue localizado en diligencias fiscales y judiciales para las que había sido debidamente citado.
En total, la fiscalía reportó al menos diecisiete diligencias de investigación frustradas desde finales de 2023 debido a la ausencia de Cerrón. El juzgado sostiene que esta actitud no solo obstaculiza el avance normal del proceso, sino que también confirma el peligro de fuga, uno de los requisitos esenciales para que se mantenga la prisión preventiva. El magistrado fue enfático al señalar que “ningún ciudadano puede elegir qué decisiones judiciales cumplir y cuáles no”, recordando que el deber de acatar lo que dictamina la justicia está por encima de cualquier consideración personal.
¿Qué puede pasar ahora?
La resolución deja a salvo la posibilidad de que, si en algún momento Cerrón o la fiscalía lo solicitan y cumplen con los requisitos legales, se puedan estudiar alternativas como la detención domiciliaria o la vigilancia electrónica. Sin embargo, por ahora la prisión preventiva, con un plazo fijado de 24 meses, sigue vigente y activa.
Este fallo representa un nuevo revés judicial para el líder del partido Perú Libre, entorno al cual se centran investigaciones sobre presuntas redes criminales al interior del partido y el uso irregular de fondos, con la figura emblemática de Cerrón como sospechoso principal. Mientras se mantenga la condición de “procesado no habido”, la policía continúa requerida para ejecutar la orden de captura a nivel nacional.
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