Fondo de Seguro de Depósitos protegerá ahorros hasta por S/121.000 ante la quiebra de bancos, financieras y cajas

Por ejemplo, un cliente con S/120.000 en un banco y otros S/120.000 en una caja municipal estaría protegido en ambas instituciones por separado. Sin embargo, no ocurre igual con cooperativas de ahorro y crédito, según la SBS

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El Fondo de Seguro de Depósitos se ha consolidado como un pilar fundamental para la estabilidad del sistema financiero peruano, ofreciendo a los ahorristas la tranquilidad de que sus depósitos están protegidos en caso de quiebra de una entidad financiera.

El Fondo de Seguro de Depósitos (FSD), mecanismo que garantiza la protección de los ahorros en diversas entidades financieras, ha actualizado su cobertura máxima a S/121.000 para el periodo comprendido entre marzo y mayo de 2025. Según dispuso la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), este nuevo monto representa una reducción de S/600 respecto al trimestre anterior, cuando la cifra alcanzaba los S/121.600.

De acuerdo con la SBS, esta cobertura aplica a cuentas de ahorro, depósitos a plazo y cuentas CTS en bancos, financieras, cajas municipales y cajas rurales de ahorro y crédito. Sin embargo, no incluye a las cooperativas de ahorro y crédito. Este sistema de protección ha estado vigente desde junio de 2019, cuando el monto asegurado superó por primera vez los S/100.000, y se actualiza trimestralmente en función de diversos factores económicos.

¿Qué implica el Fondo de Seguro de Depósitos?

El FSD tiene como objetivo principal garantizar que los ahorristas puedan recuperar su dinero, incluidos los intereses generados, en caso de que alguna de las entidades financieras aseguradas enfrente una quiebra. Este respaldo es automático y gratuito para los depositantes, lo que significa que no requiere inscripción previa ni genera costos adicionales.

Según explica Jorge Carrillo Acosta, profesor y experto en finanzas de Pacífico Business School, un aspecto destacado es que la cobertura del FSD se aplica de manera independiente a cada entidad financiera. Por ejemplo, un cliente con S/120.000 en un banco y otros S/120.000 en una caja municipal estaría protegido en ambas instituciones por separado.

SBS
A diferencia de las instituciones mencionadas, las cooperativas de ahorro y crédito (COOPAC) no están incluidas en el FSD. En su lugar, estas entidades cuentan con el Fondo de Seguro de Depósitos Cooperativo (FSDC), que ofrece una cobertura máxima de S/10.000. Créditos: SBS

La importancia de este mecanismo quedó evidenciada en casos recientes. Según reportó la SBS, tras la disolución de Caja Raíz en agosto de 2023, el FSD inició la devolución de los ahorros a los clientes en un plazo de cuatro días hábiles, logrando cubrir el 96.3% de los depósitos de los usuarios afectados.

Sin embargo, no todas las intervenciones de entidades financieras han requerido la activación del FSD. En el caso de Caja Sullana, intervenida en julio de 2024, y de Financiera Credinka, en septiembre del mismo año, no se aplicó el fondo debido a que ambas instituciones se encontraban bajo un Régimen Especial Transitorio. En estas situaciones, sus carteras de activos y pasivos fueron transferidas a otras entidades: Caja Piura y Caja Arequipa, respectivamente.

Entidades cubiertas por el FSD

Actualmente, un total de 39 instituciones financieras en el Perú cuentan con la protección del Fondo de Seguro de Depósitos. Estas incluyen:

  • 17 bancos, entre los que se encuentran BCP, BBVA, Scotiabank, Interbank, Falabella, Ripley, Mibanco, BanBif, Pichincha, GNB, Compartamos, Bancom, Alfin, Citibank, Santander, ICBC y Bank of China.
  • 6 financieras, como Crediscotia, Confianza, Oh!, Efectiva, Proempresa y Qapaq.
  • 11 cajas municipales, entre ellas Arequipa, Piura, Huancayo, Cusco, Trujillo, Ica, Tacna, Maynas, Lima, Del Santa y Paita.
  • 5 cajas rurales, que incluyen Cencosud Scotia, Los Andes, Prymera, Del Centro e Incasur.

Es importante señalar que las nuevas entidades financieras que ingresen al mercado peruano no estarán cubiertas por el FSD de manera inmediata. Según detalló la SBS, estas deben cumplir con un periodo de aportes de al menos 24 meses para acceder a esta protección. Actualmente, esta condición aplica al banco BCI y a la financiera Surgir, que aún no cuentan con la cobertura del fondo.

JORGE CARRILLO ACOSTA
Profesor y experto en finanzas de Pacífico Business School
Jorge Carrillo Acosta, profesor y experto en finanzas de Pacífico Business School. En un entorno económico donde la confianza en las instituciones financieras es clave, el FSD continúa siendo una herramienta indispensable para proteger los recursos de los ciudadanos y fortalecer la estabilidad del sistema financiero en el Perú.

¿Qué ocurre con las cooperativas de ahorro y crédito?

Las cooperativas de ahorro y crédito (COOPAC) no están incluidas dentro del ámbito de protección del FSD. No obstante, estas instituciones cuentan con un mecanismo propio denominado Fondo de Seguro de Depósitos Cooperativo (FSDC), que ofrece una cobertura máxima de S/10,000.

Sin embargo, este seguro no se aplica a todas las cooperativas, sino únicamente a aquellas que hayan realizado aportes al fondo durante al menos 24 meses. Esto significa que los ahorristas deben verificar si su cooperativa está afiliada al FSDC para determinar si sus depósitos están protegidos.

Un sistema que refuerza la confianza en el sistema financiero

El Fondo de Seguro de Depósitos se ha consolidado como una herramienta clave para fortalecer la confianza de los usuarios en el sistema financiero peruano. Al garantizar la recuperación de los ahorros en caso de insolvencia de una entidad, este mecanismo no solo protege a los depositantes, sino que también contribuye a la estabilidad del sector financiero en el país.

La actualización periódica del monto máximo de cobertura refleja el compromiso de la SBS con la protección de los ahorros de los ciudadanos, adaptándose a las condiciones económicas y financieras del momento. Con una cobertura que abarca a bancos, financieras y cajas, el FSD sigue siendo un pilar fundamental para la seguridad de los depósitos en el Perú.

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