
¿Estás pensando en pasarte de operadora? Desde este lunes 3 de marzo entrará en vigencia el nuevo Reglamento de Portabilidad Numérica para el servicio móvil y el servicio de telefonía fija del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel), que incluye nuevas medidas que “buscan disminuir los riesgos de seguridad e incrementar la eficiencia del mencionado procedimiento”, según resaltó la entidad.
Esto implicará que ahora los usuarios al cambiarse de operadora —por el proceso llamado portabilidad numérica en que conservan su mismo número, pero cambian de empresa de telecomunicaciones proveedora de servicios de telefonía móvil— tendrán que cumplir con un paso extra, pero que según Osiptel los mantendría más seguros.
“El nuevo reglamento establece medidas para mitigar los riesgos de seguridad al momento de cambiar de empresa operadora, tales como la suspensión definitiva del uso de declaraciones juradas para confirmar la voluntad de los usuarios de portar su número. En su lugar, se determinó la obligatoriedad de enviar y validar un PIN de seguridad para iniciar el proceso de portabilidad, cuya responsabilidad recaerá en el Administrador de la Base de Datos Centralizada de Portabilidad (ABDCP)”, informa la entidad.

Nuevo proceso en portabilidad
Atención, usuarios. Ahora para cambiar de operadora con tu mismo número necesitarás validarlo con un PIN de seguridad. Asimismo, Osiptel agrega nuevas reglas para estos procesos de portabilidad numérica.
“La presentación de declaraciones juradas para iniciar el proceso de portabilidad estaba permitida para casos específicos. Con las nuevas disposiciones y con el objetivo de maximizar la seguridad del proceso, se ha optado por aceptar únicamente el PIN de seguridad, el mismo que será generado y validado por el ABDCP y no por la empresa receptora de la portabilidad, como ocurría anteriormente”, explicó Marco Vílchez, director de Políticas Regulatorias y Competencia de Osiptel.
De igual manera, cabe señalar que con las nuevas disposiciones ya no estará permitida la portación de líneas suspendidas o dadas de baja, un avance para beneficio de los usuarios

Sigue las tendencias internacionales
El Osiptel reveló que este cambio está acorde con las tendencias internacionales y que, además, el reglamento dispone recortar el intervalo de tiempo en el que se ejecuta la portabilidad y que es el plazo máximo en el que el abonado podría quedar sin servicio (ventana de cambio).
“Así, el nuevo reglamento establece que la portación se realice en menos de 24 horas, entre las 00:00 y las 3:00 horas del día siguiente de presentada la solicitud (antes era entre 0:00 y 6:00 a.m.). En caso ello no ocurra, las empresas deberán informar al usuario y solicitar su visto bueno para volver a ingresar la solicitud”, aclara la institución.
Junto a esto, se establecen medidas que buscan hacer más eficiente el proceso. “Por ejemplo, a partir del 3 de marzo, toda objeción a una consulta previa o solicitud de portabilidad deberá detallar todos los motivos de rechazo, con lo que se reducirán las consultas y se acortarán los tiempos de interacción”, agregan. En esa línea, se unificó el sentido de que la objeción por deuda y la solicitud de suspensión del servicio por parte de los concesionarios cedentes se haga únicamente por deudas en montos facturados, conforme al Reglamento de Tarifas.
Osiptel agrega que también se dispuso que las empresas no reasignen inmediatamente los números que son retornados por darse de baja luego de portarse, sino que deben esperar al menos 30 días para hacerlo. Asimismo, se ha determinado la implementación de un sistema de reporte y solución de problemas que facilite la interacción entre las empresas operadoras, el ABDCP y el Osiptel, como parte de las tareas de supervisión de esta última.
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