
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) ha establecido nuevas disposiciones para el Bono Familiar Habitacional (BFH), incrementando su valor en casos de restitución de elegibilidad. Según la Resolución Ministerial N° 045-2025-VIVIENDA, el monto del bono para la modalidad de Adquisición de Vivienda Nueva (AVN) será de 2 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) adicionales al valor actual, alcanzando un total de S/57.245.
De acuerdo con la normativa, el Fondo Mivivienda S.A. será el encargado de restituir la condición de elegible a los beneficiarios del BFH que cumplan con los criterios establecidos en el artículo 6-A de la Ley N° 27829, modificada por la Ley N° 32196. Este proceso busca garantizar que las familias afectadas puedan acceder nuevamente al programa sin perder su derecho al bono, siempre que ninguno de sus integrantes posea una propiedad a su nombre.

Un incremento significativo en el valor del bono
El nuevo valor del BFH representa un aumento considerable respecto al monto actual. Según informó el MVCS, el bono para Viviendas de Interés Social (VIS) en Lote Unifamiliar y en Edificios Multifamiliares, Conjuntos Residenciales o Quintas pasará de 8,7 UIT (S/46.545) a 10,7 UIT (S/57.245).
El ajuste en el monto del bono se aplicará exclusivamente a los grupos familiares cuya elegibilidad haya sido restituida bajo los supuestos establecidos en la normativa vigente. Entre estos casos se incluyen proyectos en los que se haya iniciado el proceso de ejecución del patrimonio fideicometido, la liquidación de entidades financieras que afianzaron los proyectos o procesos judiciales por incumplimientos de desarrolladores o promotores.

Criterios y plazos para la restitución de elegibilidad
La resolución también detalla el procedimiento para restituir la condición de elegible a los beneficiarios afectados. Según el artículo 1 de la norma, el Fondo Mivivienda S.A. deberá priorizar los casos según el nivel de complejidad de los proyectos. El orden de prelación incluye:
- Proyectos con ejecución del patrimonio fideicometido.
- Proyectos con entidades financieras en proceso de liquidación.
- Proyectos con procesos judiciales por incumplimientos de desarrolladores, promotores o entidades técnicas.
Una vez restituida la elegibilidad, los beneficiarios tendrán un plazo de dos años para hacer uso del bono, contados a partir de la publicación oficial de la lista de grupos familiares elegibles en el portal web del Fondo Mivivienda.

¿Por qué se eleva en 2 UIT el bono de vivienda del Estado?
La reciente modificación de la Ley N° 27829 mediante la Ley N° 32196, publicada en diciembre de 2024, introdujo cambios cruciales en el marco normativo del BFH. Según informó el MVCS, esta reforma busca fortalecer la protección de los beneficiarios y mejorar los mecanismos de supervisión del programa.
Entre las principales modificaciones se encuentra la obligación de hacer públicos los procesos de asignación del bono, así como la posibilidad de emprender acciones legales contra terceros que ofrezcan proyectos no autorizados bajo el programa Techo Propio. Además, se faculta al Fondo Mivivenda a iniciar procesos judiciales para recuperar el BFH en casos de incumplimiento en la construcción de VIS, sancionando a las entidades responsables.
Un aspecto clave de esta reforma es la restitución de la elegibilidad para los beneficiarios afectados por incumplimientos de promotores o desarrolladores. Esta medida permite que las familias puedan volver a postular al programa sin perder su derecho al bono, garantizando así su acceso a una solución habitacional.

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