Las gratificaciones representan un beneficio económico obligatorio que los empleadores deben otorgar a los trabajadores formales dos veces al año, según lo establece la Ley N.º 27735. Este pago, dirigido a empleados con contratos indefinidos, a plazo fijo o a tiempo parcial, busca brindar un apoyo financiero adicional en momentos clave del año.
Ellos reciben este ingreso extra en julio, con motivo de las Fiestas Patrias, y en diciembre, previo a las celebraciones de Navidad y Año Nuevo. Estas fechas coinciden con períodos de mayores gastos familiares, como reuniones, regalos y preparativos festivos, por lo que convierten a este derecho laboral en un respiro importante para los bolsillos de los empleados.
¿Cómo se calcula gratificación?
En Perú, la gratificación se calcula de manera proporcional al tiempo laborado en la empresa durante el semestre correspondiente.
Remuneración mensual × (meses laborados en el semestre ÷ 6)
Adicionalmente, se suma una bonificación extraordinaria, que equivale al 9% de la gratificación si estás afiliado a EsSalud, o al 6.75 % si estás en una EPS.
Escenarios específicos
Si laboraste 1 mes en el semestre:
- Gratificación: Remuneración mensual × (1 ÷ 6).
- Bonificación extraordinaria: 9 % de la gratificación (o 6.75 % si estás en EPS).
Si laboraste 3 meses en el semestre:
- Gratificación: Remuneración mensual × (3 ÷ 6).
- Bonificación extraordinaria: 9 % de la gratificación (o 6.75 % si estás en EPS).
Si laboraste 6 meses en el semestre:
- Gratificación: Remuneración mensual completa.
- Bonificación extraordinaria: 9% de la gratificación (o 6.75 % si estás en EPS).
Si llevas un año en la empresa
- En este caso, recibes dos gratificaciones completas al año: una en julio y otra en diciembre.
- Cada gratificación equivale a un sueldo completo y una bonificación extraordinaria de 9 % o 6.75 %, según corresponda.
Ejemplo práctico
Supongamos que tu sueldo mensual es S/1.200 y estás afiliado a EsSalud:
1 mes laborado:
- Gratificación: S/1.200 × (1 ÷ 6) = S/ 200.
- Bonificación extraordinaria: S/ 200 × 0.09 = S/ 18.
- Total: S/218.
3 meses laborados:
- Gratificación: S/1.200 × (3 ÷ 6) = S/ 600.
- Bonificación extraordinaria: S/ 600 × 0.09 = S/ 54.
- Total: S/654.
6 meses laborados (gratificación completa):
- Gratificación: S/1.200.
- Bonificación extraordinaria: S/1.200 × 0.09 = S/108.
- Total: S/1.308.
La Cámara de Comercio de Lima (CCL) señaló que el plazo límite para que las empresas abonen de la gratificación navideña vence este domingo 15 de diciembre.
Si el empleador no abona este derecho estará incumpliendo con lo establecido y será monitoreado por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil). En este caso, el trabajador puede notificar por escrito la falta de este depósito. Si no recibe respuesta, puede acudir directamente a la entidad gubernamental, que enviará inspectores para revisar la situación en la empresa.
Es importante mencionar que las denuncias son anónimas, por lo que el colaborador no enfrenta problemas al presentar la queja. Al concluir la inspección, si se verifica la falta de pago, el inspector emitirá una medida de requerimiento y otorgará un plazo para que la empresa realice el abono correspondiente.
Si la empresa no subsana la falta dentro del tiempo estipulado, se aplicará una multa de hasta 93.375 soles, dependiendo del número de personas afectadas.
¿Qué es Sunafil?
Sunafil (Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral) es una institución del Gobierno peruano encargada de supervisar y controlar el cumplimiento de las normas laborales en el país. Su objetivo principal es velar por la correcta aplicación de los derechos laborales al asegurar que empleadores y trabajadores cumplan con lo establecido en la legislación laboral.
Además, realiza inspecciones en empresas para verificar el cumplimiento de obligaciones como la correcta remuneración, beneficios sociales, seguridad y salud ocupacional, entre otros aspectos.