Congreso aprueba predictamen para que bebidas no usen frutas en su publicidad si no cumplen con el contenido

La Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso ha aprobado en predictamen que junta tres iniciativas que buscan regular el uso de imágenes de frutas en la publicidad

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Presidente de la Codeco del Congreso y mano sirviendo jugo de fruta de caja
La Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso aprobó el predictamen de la ley que regula los jugos de "frutas". - Crédito Composición Infobae/Edwin Montesinos/Congreso/Upsocl

La iniciativa que regularía el uso de imágenes de frutas en la publicidad avanza en el Congreso. En agosto, el parlamentario y líder del partido Podemos Perú, José Luna, presentó un proyecto de ley que planteaba que las bebidas que se venden en Perú y se promocionan usando la imagen de una fruta (ya sea en su etiquetado, en su publicidad o en alguna presentación comercial), deberán contener un mínimo de 50% de pulpa de dicha fruta.

El pasado martes 5 de noviembre, se discutió y aprobó en la Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso un predictamen que incluye esta propuesta, así como otras dos similares. Con esto, se ha aprobado modificar la Ley N 30021, Ley de Promoción de la Alimentación Saludable para Niños, Niñas y Adolescentes.

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José Luna en el Congreso e imagen de jugos de fruta en supermercado
La propuesta viene del parlamentario José Luna de Podemos Perú. Y plantea medidas drásticas, como sacar del mercado, si no se cumple que la bebida tenga el 50% de pulpa si se promociona con la imagen de una fruta. - Crédito Composición Infobae/Edwin Montesinos/Congreso/Difusión

¿En qué consiste la propuesta?

Con el propósito de regular el uso de las imágenes de frutas en la publicidad y etiquetado, la Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos, aprobó por unanimidad (con 12 votos), el dictamen que modifica la Ley 30021, Ley de Promoción de la alimentación saludable para niños, niñas y adolescentes —la propuesta legal se sustenta en los Proyectos de Ley 8455/2023-CR, 8543/2024-CR y 8633/2024-CR—.

Durante la sustentación, el presidente de la comisión, Idelso García Correa (APP), señaló que se evaluaron las opiniones de las entidades competentes (como Indecopi y el Ministerio de Salud) y que, tras esto, ha considerado viable modificar el artículo 8 inciso m) de la Ley 30021. “El fin, enfatizó, es establecer claramente que no debe mostrarse imágenes de productos naturales si estos no lo son”.

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jugos embotellados en mercados
Esta medida afectará a los famoso jugos que se venden en los mercados y supermercados. - Crédito Senasa

En su única Disposición Complementaria Modificatoria se modifica el artículo 32 de la Ley 29571, Código de Protección al Consumidor, se establece que el “etiquetado general y nutricional de los alimentos es obligatorio y se rige de conformidad con la legislación sobre la materia o en su defecto a lo establecido en el Codex Alimentarius”.

¿Qué planteaba el proyecto?

Según señala el proyecto, la ley sería aplicable a todas las bebidas producidas, importadas, distribuidas y comercializadas en el territorio nacional que utilicen la imagen de una fruta en su etiquetado, publicidad o presentación comercial.

Así, se propone que sea obligatorio que los productores, importadores y distribuidores de las bebidas reguladas por esta ley declaren en la etiqueta del producto el porcentaje de pulpa de fruta contenida, en un lugar visible y de fácil lectura.

Indecopi
Indecopi, Minsa y otras entidades fiscalizarían la medida, de aprobarse. - Crédito Indecopi

Aquí apunta que “no obstante, esta práctica puede ser engañosa, ya que muchas de estas bebidas contienen mínimas cantidades de pulpa de fruta o, en algunos casos, solo sabores artificiales sin contenido real de la fruta promocionada”. Por eso, la iniciativa plantea que se sancione si no se cumple con poseer el 50% de pulpa de la fruta que se promocione en el etiquetado, con multas e inclusive la retirada de estos productos del mercado.

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