
El próximo 15 de noviembre de 2024 es la fecha límite para que los empleadores en Perú realicen el segundo depósito anual de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) a sus trabajadores formales. Este depósito es parte de un sistema que busca asegurar un fondo de respaldo económico para los trabajadores en caso de cese laboral.
La CTS se deposita dos veces al año, siendo la primera en mayo y la segunda en noviembre. Este mecanismo permite a los trabajadores disponer de un monto que puede ser retirado en su totalidad, gracias a una ley promulgada el 17 de mayo de 2023. Esta normativa, aprobada por el Congreso de la República, extendió el plazo para el retiro del 100% de la CTS hasta el 31 de diciembre de 2024, con el objetivo de mitigar las necesidades económicas de los ciudadanos en medio de una crisis financiera.
Desde la aprobación de esta ley, miles de trabajadores han aprovechado la oportunidad para retirar sus fondos, lo que ha dejado muchas cuentas en cero. Sin embargo, el nuevo depósito de noviembre permitirá a los trabajadores acceder nuevamente a estos recursos. La medida ha sido bien recibida por aquellos que necesitan un alivio financiero inmediato.

El sistema de CTS está diseñado para proporcionar un colchón financiero a los trabajadores formales, quienes pueden retirar estos fondos en situaciones de desempleo o cuando lo consideren necesario, dentro del plazo establecido. Esta política busca ofrecer una mayor flexibilidad y seguridad económica a los trabajadores en un contexto de incertidumbre económica.
Los trabajadores tienen hasta el último día del año para decidir si desean retirar el monto acumulado en sus cuentas de CTS, lo que les permite planificar mejor su situación financiera.

Un derecho laboral
La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un derecho laboral en Perú que debe ser depositado semestralmente en la institución financiera elegida por el trabajador. Este depósito debe realizarse dentro de los primeros quince días de los meses de mayo y noviembre. Sin embargo, algunas empresas no han cumplido con esta obligación, lo que constituye una infracción grave en materia de relaciones laborales, según informó el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).
Las empresas que no han realizado el depósito de la CTS enfrentan sanciones por parte de la Autoridad Inspectiva de Trabajo. Las multas varían según el tipo de empresa y el número de trabajadores afectados. Para las pequeñas empresas, las sanciones oscilan entre 0.45 y 4.50 unidades impositivas tributarias (UIT), lo que equivale a montos entre S/ 2,317 y S/ 23,175 soles. En el caso de las empresas no Mype, las multas pueden ir de 1.57 a 26.12 UIT, es decir, entre S/ 8,085 y S/ 134,518 soles. La Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el año 2024 está fijada en S/ 5,150, según el Decreto Supremo N° 309-2023-EF.

En caso de incumplimiento, se aplicará el interés legal laboral desde el momento en que debió realizarse el depósito hasta la fecha en que se efectúe el cálculo correspondiente. La tasa de interés aplicada será la de la institución financiera elegida por el trabajador para el depósito de su CTS.
El derecho a la CTS corresponde a los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada. El cálculo del depósito se realiza por los meses completos trabajados en el semestre correspondiente, es decir, de noviembre a abril y de mayo a octubre. Las fracciones de mes se calculan por treintavos.
El incumplimiento de esta obligación no solo afecta a los trabajadores, sino que también puede tener consecuencias legales y financieras significativas para las empresas. Las multas y sanciones buscan garantizar el cumplimiento de los derechos laborales y proteger a los trabajadores de prácticas injustas.
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