
Pese a que la reforma de pensiones impulsada por el Congreso y el Ejecutivo había determinado que, a partir de su entrada en vigencia, no habría ningún otro tipo de retiro facultativo, la redacción final de la nueva Ley de Pensiones permitirá una salvedad para el pago de algún crédito hipotecario que el afiliado ostente. ¿Cuáles serán las condiciones?
Resulta necesario recordar que, con la extinta ley de las AFP, los trabajadores incorporados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) ya podían disponer de hasta el 25% del fondo acumulado en su Cuenta Individual de Capitalización (CIC) de aportes obligatorios para la cuota inicial de una nueva casa.
Este “único inmueble urbano” debía ser para casa habitación, siempre que se trate de un crédito hipotecario otorgado por una entidad del sistema financiero, es decir, por algún banco, caja municipal o financiera. Vale precisar que algunas de las cuatro AFP en el mercado peruano (Habitat, Profuturo, Integra y Prima) tienen algún banco detrás.
Ahora, la nueva ley emitida por el Congreso de la República, y que espera reformar totalmente el sistema previsional para beneficio de todos los peruanos, permitirá también un retiro de 25% de los fondos privados para “amortizar un crédito hipotecario que haya sido utilizado para la compra de un único inmueble urbano, y cuya finalidad sea la de casa habitación”.
Las condiciones serán similares a las del retiro para la compra de una primera casa: el crédito también deberá ser emitido por una entidad del sistema financiero o una Coopac que solo opera con sus socios y que no está autorizada a captar recursos del público u operar con terceros de los niveles 2 o 3. Dicha afectación podrá darse en cualquier momento de su afiliación.

Pensiones AFP y créditos hipotecarios
Hugo Perea, economista jefe para Perú del BBVA Research, explic que el mercado de los créditos hipotecarios en el Perú está en una fase de recuperación “incipiente”, por lo que no descarta que nuevos retiros de los fondos de pensión puedan suponerles alguna mejora.
Para el especialista, los retiros, en general, van a permitir que algunos afiliados -no todo el universo- puedan completar alguna cuota de un crédito vigente o, eventualmente, brindar un soporte parcial a la recuperación del mercado de créditos para primera vivienda.
No obstante, manifestó su preocupación porque se empiecen a “generar más posibilidades de seguir haciendo pagos a partir” de estos fondos previsionales. Cabe precisar que la propuesta de retiro del 25% para amortizar este tipo de préstamos había sido cuestionada por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) durante su debate en la Comisión de Economía del Congreso.
En tanto, el gerente de marketing de Urbania, Luciano Barredo, explica que, de por sí, ya se podía retirar el 25% de los fondos previsionales para amortizar algún crédito, aun cuando la idea era que el dinero se destinara a una primera vivienda. Esto, porque “no estaba bien definido en la ley”.
“Casi el 90% de los que retiraron la primera vez el 25% de sus AFP para primera vivienda, lo hizo justamente para amortizar un crédito previo”, relató para Infobae Perú.
Aunque Barredo reconoce un beneficio para las personas con problemas para honrar sus préstamos hipotecarios, también señala que la nueva ley “no generaría un mayor dinamismo en el sector inmobiliario”, el cual se encuentra estancado y a la espera de más tenedores de créditos.
“No se da un impulso al sector. La idea es que hayan nuevos desembolsos para incrementar la demanda, no que se paguen los anteriores. Hoy la oferta de viviendas no cubre la demanda. Eso complica al mercado porque no salen nuevos proyectos”, relató.

¿Podrá ser usado para la ONP?
El retiro facultativo del 25% de los fondos previsionales para amortizar un crédito hipotecario, o para la compra de una primera vivienda, es materia exclusiva de los clientes que se encuentran en el sistema privado, en el que ahora las AFP competirán con bancos, cajas municipales, financieras y grupos de inversión, entre otros, para la captación de fondos.
El sistema público, que quedará a cargo de la Oficina de Normalización Previsional (ONP), actúa de una manera diferente: los más jóvenes aportan a una bolsa común, de la cual el Estado peruano toma para atender a los jubilados. No hay ninguna forma de ahorro particular.
Esta salvedad promovida por la nueva Ley del Congreso ha sido entendida por muchos especialistas como otra piedra en el zapato para la ONP, pues genera mayores desincentivos para que sea el Estado el que entregue pensiones fijas a los ciudadanos. Con el tiempo, hay cada vez menos personas en el sistema público y esto genera que los afiliados tengan que ser subsidiados, en la práctica.

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