
Este sábado 29 de junio es feriado nacional debido a que se conmemora el Día de San Pedro y San Pablo. Por esa razón,la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) ha hecho un llamado a empleadores y trabajadores con el objetivo de recordar que este día debe ser un descanso remunerado obligatorio para todos los colaboradores.
La normativa es clara: aquellos que deban trabajar esta fecha por necesidades específicas de la empresa o debido a turnos rotativos deben recibir un triple pago si no se les otorga un día de descanso en compensación.
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Este abono se desglosa en tres conceptos específicos: primero, la remuneración correspondiente al día, incluida en el pago mensual; segundo, el suedo diario por el trabajo efectuado durante esa jornada; y tercero, una sobretasa del 100% del pago por día, que se añade como compensación adicional por laborar en el feriado.

Ejemplo
La entidad lo ilustra con un ejemplo: si una persona que recibe una mensualidad de 1.025 soles. La retribuación diaria se obtiene dividiendo el sueldo mensual entre 30 días, lo que resulta en S/34.17.
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Así, al laborar durante este 29 de junio sin gozar de un día de descanso sustituto, el colaborador recibiría un total de S/102.51 soles (S/34.17 multiplicado por tres).
De acuerdo con la institución, es crucial precisar que se toma en cuenta que se considera trabajar en feriado solamente si el turno comienza y concluye durante la festividad. Por lo tanto, si se empieza a laborar en un día laboral y terminó en la fecha especial, no se aplicará el pago triple.
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Asimismo, si el empleador otorga un día de descanso adicional como compensación, no se debe realizar un pago adicional por el feriado trabajado.
Sunafil también hace un llamado a los empleadores para asegurarse de que están cumpliendo con estas disposiciones para evitar sanciones y, más importante aún, para mantener relaciones laborales saludables y justas.
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Multa por no cumplir con el pago del feriado
Según la institución, las empresas que no respeten estos derechos laborales se arriesgan a multas que varían según el tipo de empresa, oscilando entre 1,184.50 soles y S/270,529.50.

Diferencia entre día no laboral y feriado
Con el objetivo de promover el descanso de los trabajadores y estimular el turismo interno, el Gobierno del Perú implementó no laborables específicos para los empleados del sector público, los cuales deberán ser compensados dentro de un plazo de 10 días o según las políticas internas de cada entidad gubernamental.
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En el sector privado, la participación en este esquema es opcional y depende de un acuerdo previo entre el empleador y el empleado para decidir si se trabajará en estas fechas especiales.

Para aquellos casos en que el trabajo sea necesario durante los feriados, la legislación laboral establece compensaciones que generalmente equivalen a tres veces el salario diario.
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¿Cuáles son los feriados 2024 que quedan?
- San Pedro y San Pablo: sábado 29 de junio.
- Día de la Fuerza Aérea del Perú: martes 23 de julio.
- Fiestas Patrias: domingo 28 de julio.
- Fiestas Patrias: lunes 29 de julio.
- Batalla de Junín: martes 6 de agosto.
- Santa Rosa de Lima: viernes 30 de agosto.
- Combate de Angamos: martes 8 de octubre.
- Día de Todos los Santos: viernes 1 de noviembre.
- Inmaculada Concepción: domingo 8 de diciembre.
- Batalla de Ayacucho: lunes 9 de diciembre.
- Navidad: miércoles 25 de diciembre.
¿Cuáles son los días no laborables 204 que quedan?
- Fiestas Patrias: viernes 26 de julio.
- Combate de Angamos: lunes 7 de octubre.
- Inmaculada Concepción: viernes 6 de diciembre.
- Navidad: lunes 23 de diciembre.
- Navidad: martes 24 de diciembre.
- Año Nuevo: lunes 30 de diciembre.
- Año Nuevo: martes 31 de diciembre.
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