
El primer vicepresidente del Congreso, el fujimorista Arturo Alegría, fue señalado por un grupo de parlamentarios de haber violado el reglamento durante la segunda votación de la reforma del sistema de pensiones, que resultó en incidentes.
Como se sabe, la norma fue aprobada el jueves 6 de junio con solo 38 votos a favor, 10 votos en contra y 16 abstenciones, en medio de una discusión en la que algunas bancadas pedían que el dictamen retorne a comisiones para que sigan sometiéndolo a debate.
Durante el debate, se votó una cuestión previa propuesta por el congresista de izquierda Flavio Cruz para que la iniciativa fuese devuelta a la Comisión de Economía. Sin embargo, el resultado de la primera votación fue cuestionado, y de inmediato se llevó a cabo una segunda votación en la que la propuesta fue rechazada.
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A través de la cuenta de la bancada Cambio Democrático - Juntos por el Perú en la red social X, los legisladores acusaron a Alegría de un haber hecho una mala gestión, durante la votación de la cuestión previa.
El legislador Carlos Anderson calificó la gestión de Arturo Alegría durante la segunda votación de la reforma del sistema de pensiones como un “manejo mafioso”, señalando que se utilizaron “acciones vedadas”, como el uso de teléfonos para participar en las votaciones del pleno.
Los firmantes de la moción de censura incluyen a los congresistas Pasión Dávila, Paul Gutiérrez, Alex Paredes (Bloque Magisterial), María Agüero, Flavio Cruz, Janet Rivas, María Taipe (Perú Libre), Sigrid Bazán, Guillermo Bermejo, Hamlet Echeverría, Ruth Luque, Susel Paredes, Edgard Reymundo Mercado (Cambio Democrático - Juntos por el Perú), Carlos Zeballos (Podemos Perú), Jorge Luis Flores Ancachi, Marleny Portero (Acción Popular), José Balcázar, Guido Bellido Ugarte, Jorge Coayla Juárez (Perú Bicentenario), Héctor Valer (Somos Perú), Gladys Echaíz, Jorge Montoya Manrique (Honor y Democracia) y los no agrupados Carlos Anderson, Alfredo Pariona, Jaime Quito Sarmiento y Silvana Robles Araujo.
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Aprueban reforma de sistema de pensiones
La reforma de pensiones en Perú comprende más de 59 proyectos de ley que han generado un debate polarizado, especialmente en los siguientes puntos:
- Pensión por consumo: Propuesta por Fuerza Popular, esta medida permite a las personas destinar el 1% de sus gastos acreditados con comprobantes de pago a su fondo de pensión, hasta un máximo de S/41,200 al año. Este aporte voluntario se basa en gastos documentados con comprobantes que incluyen el DNI. Economistas critican la propuesta por no abordar de manera sustancial los fondos de los afiliados.
- Pensión mínima condicionada al no retiro AFP: Aportantes en edad de jubilación que tengan al menos 240 unidades de aporte y no retiren sus fondos pueden recibir una pensión mínima de S/600. Actualmente, esta pensión mínima solo se ofrece en el sistema público. La medida busca ampliar la cobertura y mejorar los ingresos de los jubilados.
- Aporte obligatorio de los trabajadores independientes: Independientes con ingresos de rentas de cuarta o quinta categoría deberán aportar obligatoriamente a su fondo de pensiones. La tasa de aporte comenzará en 2% y aumentará un punto porcentual cada dos años hasta un máximo de 5%, con el objetivo de incluir a los trabajadores independientes en el sistema de pensiones.
- Prohibición de retiros AFP: Se prohíbe el retiro extraordinario de los fondos acumulados en las cuentas individuales de aportes obligatorios durante la etapa activa del afiliado, para asegurar la disponibilidad de fondos en la jubilación.
- Más competidores para administrar los fondos: La propuesta incluye la participación de nuevos actores financieros, como bancos, cajas de ahorro y crédito, financieras, y empresas de seguros, para administrar los fondos de pensiones y mejorar la rentabilidad del sistema.
- Elevación de la edad de jubilación anticipada: La edad mínima para acceder al Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA) en el Sistema Privado de Pensiones se eleva a 55 años, en contraste con la normativa actual que permite la jubilación anticipada a partir de los 50 años.
- Restricción para menores de 40 años en retiros del 95.5%: Solo los afiliados de 40 años o más al momento de la implementación de la ley podrán retirar hasta el 95.5% de sus fondos al jubilarse. Los menores de 40 años no tendrán esta opción, para garantizar un ahorro suficiente para su vejez.
- Posible participación del empleador en aportes: Se considera la posibilidad de que el empleador contribuya a los aportes del trabajador. Esta medida requeriría la aprobación de una norma con rango de ley propuesta por el Poder Ejecutivo, previa evaluación actuarial a cargo de la ONP y la SBS.
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