
El pleno del Congreso aprobó por mayoría el dictamen que modifica el Decreto Legislativo 1133, relacionado con el régimen de pensiones del personal militar y policial, además de introducir nuevas disposiciones. La norma fue aprobada con 104 votos en primera votación y exonerada de una segunda, según informó la agencia Andina.
La aprobación incluye cambios significativos en el porcentaje de aportación al régimen pensionario. A partir de ahora, el porcentaje de aporte se incrementará del 19% al 25% de la remuneración pensionable.
De este nuevo porcentaje, un 15% será responsabilidad del personal de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, mientras que el 10% restante será cubierto por el Estado, según indica el portal de noticias.
Durante el debate del dictamen, la presidenta de la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas, Patricia Chirinos Venegas, destacó la importancia de esta medida. “Es imposible concebir una pensión de orfandad del 11 %, que dependiendo de la cantidad de hijos podría ser compartida entre varios para fines educativos”, señaló.
Además, Chirinos Venegas subrayó que el Decreto Legislativo 1133 creó un sistema pensionario discriminatorio para policías y militares en comparación con los pensionistas del Decreto Legislativo 19846 y del fondo Montepío.
Se incorpora modificación en los tipos de pensión

De otro lado, se introduce una modificación relevante en los tipos de pensión de sobrevivientes, incorporando la figura de la unión de hecho, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el artículo 326 del Código Civil. Esto se suma a los beneficios existentes por orfandad, viudez y ascendencia, según mencionó un medio especializado.
Por su parte, José Cueto Aservi, parlamentario de Honor y Democracia, indicó que la propuesta beneficia a los jóvenes que actualmente combaten en regiones como el VRAEM y el Putumayo, enfrentándose a la minería ilegal y el tráfico de armas.
El congresista José Williams Zapata, del partido Avanza País, dijo que el proyecto es fundamental para mantener el atractivo de las carreras militares y policiales, asegurando que “de lo contrario no se van a presentar candidatos a las escuelas y la calidad del oficial y suboficial va a disminuir”.
Un punto clave de la reforma es que la pensión de viudez será equivalente al 100% de la que percibía o hubiera podido recibir el fallecido, salvo cuando concurra con beneficiarios de la pensión de orfandad. En tales casos, se aplicará un reparto proporcional de la pensión, conforme al artículo 33 del Decreto Legislativo 1133, como indicó la fuente informativa.

Se especifica también que, en situaciones donde concurren simultáneamente la pensión de viudez y orfandad, se distribuirán equitativamente, con un 50% para cada beneficiario, respectivamente. En caso de haber más de un hijo beneficiario, la pensión de orfandad se distribuirá de manera proporcional, sin exceder el máximo del 50%.
Congreso aprueba “pensión por consumo”
El Congreso aprobó el miércoles 29 de mayo, en primera votación, el texto sustitutorio de la Ley de modernización del sistema previsional peruano, promovida por la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera del Parlamento.
La reforma, impulsada por Fuerza Popular, incluye una medida referente a la denominada “pensión por consumo”. Esta iniciativa, basada en un proyecto de ley de 2019 presentado por los exparlamentarios Luis Galarreta y Miguel Ángel Torres, busca que una parte del gasto de los afiliados, sustentado en boletas de venta electrónica, se incluya como aporte complementario y voluntario a las pensiones.

El nuevo mecanismo aprobado implica que un porcentaje de los gastos de los afiliados se destinara a sus cuentas de pensión. Según la ley, “se crea el aporte por consumo, que es un aporte complementario de naturaleza previsional, proveniente de los gastos por consumo realizados por los afiliados al Sistema, debidamente sustentados en boletas de venta electrónicas que contengan el o los nombres y apellidos de la persona natural y su número de Documento Nacional de Identidad (DNI)”.
Este aporte será administrado por el Sistema Privado de Pensiones, conformado por las AFPs, a través de una cuenta especial que puede estar sujeta al pago de una comisión. Los afiliados a la ONP también podrán solicitar la creación de esta cuenta, según difundió noticia de El Comercio.
El aporte por consumo equivaldrá al 1% de la suma de los importes de venta y se calculará anualmente, sin superar un máximo de 8 UIT al año, equivalente a S/41 mil 200. Además, no se podrán considerar boletas electrónicas con importes superiores a S/700 ni comprobantes de pago por adquisición de equipos, vehículos y maquinarias.
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