
En el Perú existen diversas leyes para combatir tanto el acoso sexual como el hostigamiento sexual, que son manifestaciones de violencia sexual que afectan principalmente a niñas, adolescentes y mujeres.
La Ley 30314 y la Ley 27942 son dos ejemplos de ello, ya que tienen como objetivo prevenir y sancionar el acoso sexual en espacios públicos y el hostigamiento sexual en el ámbito laboral, respectivamente. Sin embargo, tanto el acoso y el hostigamiento son tipos de violencia sexual que pueden ocurrir en otros ámbitos como la escuela y las redes sociales, por ejemplo.
Un error común respecto al acoso sexual y al hostigamiento sexual es que estos dos términos suelen ser usados como sinónimos cuando en realidad son conceptos distintos, ya que, aunque ambos son actos de violencia sexual, los diferencia la relación que existe entre la víctima y el agresor.
El acoso sexual
El acoso sexual comprende la intimidación o coacción de naturaleza sexual, promesas no deseadas o inapropiadas a cambio de favores sexuales. En la mayoría de contextos jurídicos modernos, el acoso sexual es ilegal. Puede manifestarse de diversas maneras, incluyendo tanto la violencia física como formas más sutiles de violencia, como la coacción.

El acoso sexual puede afectar a personas de ambos sexos, aunque la mayoría de las denuncias son realizadas por mujeres. Los acosadores actúan en ambientes laborales, académicos, estudiantiles e incluso familiares. Este comportamiento se considera un acto delictivo y es sancionado según su gravedad, pudiendo llevar a la privación de libertad del acosador.
En el Perú, según la Ley 30314 contra el acoso sexual en espacios públicos, este puede manifestarse de diversas maneras como las siguientes:
- Actos de naturaleza sexual, verbal o gestual
- Comentarios e insinuaciones de carácter sexual
- Gestos obscenos que resulten insoportables, hostiles, humillantes u ofensivos
- Tocamientos indebidos, roces corporales y frotamientos con el cuerpo
- Exhibiciones o mostrar los genitales en el transporte o lugares públicos
El hostigamiento sexual

El hostigamiento sexual es una forma de violencia sexual manifestada mediante conductas, actitudes, propuestas o comentarios no deseados con connotación sexual o sexista.
Es suficiente con que un acto de hostigamiento sexual ocurra una sola vez para ser motivo de denuncia, ya que afecta el derecho a una vida libre de violencia, según el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP). Las víctimas de hostigamiento sexual laboral experimentan ofensa, humillación e intimidación, afectando su dignidad.
De acuerdo a la Ley 27942 contra el hostigamiento sexual laboral, entre las diversas conductas que pueden ser catalogadas como manifestaciones de esta violencia sexual, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) destaca las siguientes:
- Establecer contacto físico innecesario y no deseado
- Lanzar miradas lascivas
- Pedir favores sexuales: besos, relaciones sexuales, entre otros
- Decir insultos y hacer observaciones, bromas o insinuaciones de carácter sexual o sexista
- Realizar comentarios o gestos de connotación sexual o sexista
- Realizar manoseos, jalones o pellizcos en forma sexual
- Propagar rumores sexuales acerca de la víctima
- Mostrar, entregar o enviar imágenes sexuales, fotografías, ilustraciones, mensajes o notas sexuales
- Escribir mensajes como pintas o grafitis de carácter sexual acerca de una persona, en las paredes de los baños, en los vestuarios o en cualquier otro espacio compartido en el centro laboral
- Besar o realizar tocamientos contra la voluntad de otra persona
Diferencia entre acoso sexual y hostigamiento sexual

El acoso sexual y el hostigamiento sexual son conductas de naturaleza sexual que incomodan, molestan o humillan a una persona, o que podrían hacerlo.
Estas conductas son faltas graves que dañan la dignidad de las víctimas por ser fuente de incomodidad, hostilidad y humillación. Aunque a veces los acosadores u hostigadores presentan patrones de conducta repetitivos, también pueden actuar en incidentes aislados.
Es necesario señalar que el acoso sexual se diferencia del hostigamiento sexual por el desbalance en la relación de poder que existe entre el agresor y la víctima.
En el caso del acoso sexual ocurre entre pares, es decir, personas que tienen la misma edad como, por ejemplo, compañeros en la universidad o el mismo cargo en una empresa. Mientras que en el caso del hostigamiento sexual existe una diferencia jerárquica entre quien agrede y quien es agredido como, por ejemplo, un jefe que hostiga a una de sus subordinadas.
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