
El Congreso de la República aprobó modificaciones significativas en la Ley de Organizaciones Políticas y la Ley General de Elecciones el último viernes 10 de mayo, que fueron sustentadas por la presidenta de la Comisión de Constitución del Parlamento, Martha Moyano (FP). Estos cambios incluyeron, entre sus aspectos más relevantes, una reforma en la aplicación de la paridad horizontal y alternancia al momento de elaborar las listas de candidaturas.
Dicha decisión emergió de tres propuestas legislativas presentadas por el Jurado Nacional de Elecciones. Debido a ello, se despertó el rechazo de la ciudadanía debido a que estas reformas buscaban asegurar una representación equitativa de género en la política, al promover una mayor inclusión en el proceso electoral.
Exhortan al Ejecutivo observar la ley

La decisión del Congreso de la República ha sido recibida con fuertes críticas de diversas organizaciones feministas y defensoras de los derechos humanos. Según muchas de ellas, esta acción representa “un paso atrás” en los esfuerzos para promover el empoderamiento femenino en diversos sectores de la sociedad.
De esta forma, organizaciones como Manuela Ramos han expresado su descontento con la eliminación de estas políticas que buscaban garantizar la participación equilibrada de género en la política. “Este Congreso, con un 8% de aprobación, no puede seguir aprobando retrocesos de forma exprés. Las mujeres tenemos derecho a participar en la política en igualdad de condiciones”, señaló en un comunicado publicado en su cuenta oficial de Twitter.
Esta postura fue compartida por la organización Flora Tristán, que denunció “el ataque contra los derechos de las mujeres”. Frente a dicho panorama, la iniciativa Somos la mitad, queremos paridad, que busca garantizar el ejercicio de los derechos políticos de la población femenina, hizo un llamado al Gobierno de Dina Boluarte para detener la propuesta.

MIMP rechaza modificaciones de la ley
El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) ha mostrado su oposición a la reciente decisión del Congreso de eliminar la paridad horizontal en las listas de candidaturas para elecciones generales, regionales y municipales.
Esta medida, aprobada recientemente, suprime la obligación de que las candidaturas estén compuestas en igual jerarquía por mujeres y hombres. La normativa anterior también permitía que la población femenina encabezara las listas, a fin de brindarles mayores oportunidades de ser electas.

Modificaciones en la ley
Desde Somos la mitad, queremos paridad, se realizó un análisis para dar a conocer los cambios específicos que se hicieron en esta normativa
- Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859). De acuerdo a la normativa vigente, los candidatos a la presidencia y vicepresidencia que pertenezca a una misma fórmula deben incluir, al menos, a un hombre y a una mujer en su conformación, ubicados de manera intercalada en el orden de aspirante femenino, aspirante masculino, etc.; sin embargo, en el nuevo planteamiento, se ha eliminado esta última parte para que no se determine la estructura en la que aparecerán.
- Ley de Elecciones Regionales (Ley 27683). La norma establece que los partidos políticos deben presentar candidatos a vicegobernadores y gobernadores bajo el respeto al criterio de paridad y alternancia, además de que la mitad deben estar encabezadas por una mujer o un hombre. En tanto, en la actual ley, solo se respetará el criterio de paridad, sin otro agregado.
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