
El Gobierno de la presidenta Dina Boluarte decidió no acatar la medida cautelar del Poder Judicial que ordena la inmediata reposición de la abogada María Caruajulca como procuradora general del Estado, según pudo conocer Infobae.
El último viernes 17 de mayo, el Ejecutivo comunicó a la Primera Sala Constitucional de Lima, colegiado que emitió la medida cautelar a favor de Caruajulca, una “controversia jurídica respecto a la ejecución de la decisión cautelar”.
La referida medida cautelar fue notificada el lunes 13 de mayo a la Presidencia de la República y al Ministerio de Justicia, dándoseles un plazo de 3 días para que cumplan con la reposición inmediata de la procuradora general nombrada durante el Gobierno de Pedro Castillo, hasta que se emita la sentencia en el proceso principal.
El referido plazo venció el viernes 17 de mayo y, al cierre de la presente nota, no se ha publicado en El Peruano la resolución suprema que dé cumplimiento a lo dispuesto por la Primera Sala en lo Constitucional de Lima.
No obstante, sí hubo movimiento en la Procuraduría General del Estado. El miércoles 14 de mayo, el procurador público del Ministerio de Justicia, Erick Samuel Villaverde Sotelo, se reunió por más de una hora con el procurador general Javier Pacheco, quien fue recientemente designado en el cargo.

A Pacheco Palacios se le había encargado la PGE mientras se desarrollaba el cuestionado proceso disciplinario contra Daniel Soria. Una vez que este último fue destituido en abril, Javier Pacheco fue designado oficialmente como titular de la Procuraduría. Para ello, renunció a sus cargos de procurador público adjunto Especializado en Delitos de Corrupción y procurador público Ad Hoc para la ampliación de la extradición del exdictador Alberto Fujimori desde Chile.
Para reponer provisionalmente a María Caruajulca se debería suspender la designación de Javier Pacheco, hecho que lo perjudicaría.
¿Por qué se ordenó la reposición de María Caruajulca?
María Caruajulca ha sido restituida provisionalmente en el cargo de titular de la Procuraduría General del Estado tras una decisión de la Primera Sala Constitucional de Lima. La restitución se basa en el mismo argumento utilizado por Daniel Soria en su demanda de amparo: el Gobierno no puede destituir al procurador general amparándose en una supuesta “pérdida de confianza”.
Según el Decreto Legislativo que crea la Procuraduría General de Estado, las causales para la vacancia del puesto están especificadas en su artículo 17. Estas incluyen fallecimiento, incapacidad permanente, renuncia aceptada, impedimento legal, remoción por falta grave y término del periodo de designación, entre otras. La sala concluyó que la destitución de Caruajulca no se ajustaba a ninguna de estas causales, vulnerando sus derechos constitucionales al debido procedimiento administrativo y a la correcta fundamentación de las resoluciones administrativas, así como sus derechos laborales.

En consecuencia, los magistrados superiores suspendieron los efectos de la Resolución Suprema 188-2022-JUS que cesaba a Caruajulca, hasta que se emita una sentencia en el cuaderno principal.
En caso de que la sentencia principal rechace el amparo, la referida resolución suprema recobrará vigencia, permitiendo que la presidente de la República pueda designar a un nuevo titular de la Procuraduría General del Estado conforme al marco legal vigente y en cuanto el cargo esté vacante.
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