
El Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (Cofopri) se encuentra en constante campaña para formalizar las viviendas de miles de peruanos. Con “Lote empadronado, para el título anhelado”, la entidad seguirá visitando predios en mayo, para corroborar los documentos de familias que busquen acceder a este beneficio.
Como se sabe, los peruanos pueden acceder a este trámite y título de propiedad gratuito con una serie de requisitos: necesitan haber tomado posesión del predio como máximo el 31 de diciembre de 2015, algunos documentos (pero también se puede tomar declaración jurada de cuatro vecinos para comprobar la posesión), y deben tener esto listo cuando Cofopri visite su zona.
¿Pero cuánto puede tomar todo este proceso de entrega del título de propiedad? Infobae Perú consultó a la entidad para saber los plazos aproximados.

¿En cuánto tiempo Cofopri entrega el título de propiedad gratis?
Según confirmó a Infobae Perú, Cofopri siempre notifica primero sobre las visitas que realizará a distintos predios de todo el Perú. Luego, pasa a empadronar cada vivienda con las familias y después de esto, se pasa a la central de Lima a la comisión de calificación. De esto sale un “padrón de aptos, que estan publicados durante 15 días para la observacion de algún poblador”.
Todo esto demora aproximadamente un mes y medio, pero con el margen de unos días. Así, pueden ser incluso dos meses lo que tome este proceso desde que se empadrona la vivienda hasta que la familia recibe su título de propiedad gratuitamente.

Nueva campaña de Cofopri en mayo
Cofopri ha anunciado las nuevas fechas de empadronamiento en mayo, siguiendo su campaña “Lote empadronado, para el título soñado”. Esta vez, se han anunciado visitas a las siguientes regiones.
- Lima y Callao
- Amazonas
- Arequipa,
- Cusco
- Huancavelica
- Huánuco
- Ica
- La Libertad
- Lambayeque
- Loreto
- Madre de Dios
- Moquegua
- Pasco
- Piura
- Tumbes
- Ucayali
Para conocer las fechas, distritos y lotes exactos que se visitarán, puedes conocerlo a través del siguiente enlace. Solo debes ingresar al nombre de la región en la sección de Mayo 2024: https://sites.google.com/cofopri.gob.pe/campana-empadronamiento?usp=sharing

¿Quiénes pueden acceder al título de propiedad gratis?
Existen una serie de condiciones para que tu vivienda pueda acceder a esta titulación gratuita del Cofopri. Las familias que hayan tomado posesión de viviendas con las siguientes características no podrán acceder a este beneficio.
- Deberán haber tomado posesión hasta el 31 de diciembre de 2015.
- Las vivienda no debe encontrarse en zonas de riesgo no mitigable (lugares identificados con peligro de inundación fluvial, inundación pluvial, inundación por tsunami, áreas de fajas marginales, áreas con suelos poco competentes, áreas con licuación de suelo y áreas con activación de quebradas).
- Las viviendas no deben ocupar zonas reservadas o protegidas.
- Las viviendas no deben tener un proceso judicial en trámite.
- Este proceso gratuito no aplicará para beneficiarios que ya tengan otra propiedad registrada en el ámbito nacional.

Requisitos para titular la propiedad
Cuando Cofopri llegue a empadronar tu vivienda, deberás tener a la mano los siguientes documentos:
- Partida de matrimonio, de ser el caso —esto es obligatorio para los casados civilmente—.
- Contrato de compra-venta, escritura pública, testamento, hijuela o constancia de posesión.
- Recibos por servicios de agua, luz, teléfono u otros que acrediten propiedad o posesión del lote.
La entidad destacó que “la constancia de posesión otorgada por las municipalidades provinciales o distritales no constituye el único medio para demostrar la posesión del terreno”. “Estos documentos tienen el mismo valor, a la hora de calificar los expedientes de titulación, que cualquier recibo de servicios o contratos privados que indiquen la fecha y el nombre de los poseedores”, informaron.
Sin embargo, si el ciudadano no cuenta con esta documentación para acreditar su posesión sobre el terreno, entonces, solo excepcionalmente, el empadronador de Cofopri podrá tomar la declaración jurada de al menos cuatro vecinos que puedan reconocer a este como el titular de la vivienda.
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