
El Congreso de la República sigue adelante con sus intentos por remover a los miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ). Infobae Perú accedió al informe de acusación elaborado por Esdras Medina para la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC) en el marco del proceso de denuncia constitucional de se sigue en contra de los jueces que integran la JNJ, y que solicita, a grandes rasgos y sin precisiones específicas, la “acusación por infracción constitucional contra los seis magistrados”.
El documento difundido este lunes, ha sido publicado en medio de la polémica, luego de que el último jueves la JNJ requiriera ante la misma SAC que se aparte a Esdras Medina del encargo de elaboración del informe final. Pese a ello, el congresista ha insistido en su presentación, obviando el requerimiento de los magistrados Imelda Tumialán, Aldo Vásquez, Henry Ávila, Inés Tello, Humberto de la Haza, María Zavala y Guillermo Thornberry.
Es así como, dejando de lado el proceso correspondiente para un proceso de denuncia constitucional, el legislador perteneciente al Bloque Magisterial recomendó en su informe ante la SAC acusar a los seis miembros de la JNJ por infracción constitucional de los artículos 156, inciso 3 y 139, inciso 3 de la Constitución”. En este mismo sentido, Medina señaló la acusación específica en contra de la magistrada Luz Inés Tello, por haberse mantenido en el cargo pese a tener más de 75 años.

Acusación Constitucional de Esdras medina se apoya en límite de edad cuestionado
Dentro del informe acusatorio, el congresista Esdras Medina vuelve a plantear una ‘infracción’ que los detractores de la JNJ señalan que Inés Tello habría cometido, al haber seguido en el cargo con más de 75 años, pese a haber asumido como jueza a los 74 y dentro de lo estipulado de la norma. En el documento, Medina insiste en que el artículo 156.3 de la Constitución, que precisa que la edad máxima para asumir el cargo es de 75 años, es una causal de vacancia.
No obstante, esta precisión no es acorde a la norma, que no especifica que el llegar a los 75 años dentro del cargo corresponde a la remoción automática del miembro que alcanzó la edad, pues este asumió el cargo antes.
Pese a ello, Medina incluso ha solicitado al Ministerio Público que consignen su informe “para los fines de su competencia”. Ello, siguiendo la línea de que la JNJ habría incurrido en “la comisión de ilícitos penales que involucrarían al no aforado Juan Carlos Cortes Carcelén, actual Secretario General de la JNJ”.

Según Medina, Cortes Carcelén, “habría laborado como consultor para la Comisión Especial” para la Elección de la Junta Nacional de Justicia. En ese sentido, señala que habría participado en la evaluación y desarrollo de los exámenes para los postulantes que en su momento resultaron elegidos”. En ese supuesto, el legislador señala que Carlos Cortes habría incurrido en “un grave conflicto de interés”.
Una acusación constitucional sin pedido de sanciones ni claridad
Pese a las acusaciones existentes por parte de Esdras Medina en contra del Secretario General de la JNJ, existe una gran ausencia dentro de la acusación del congresista y es la ausencia de una sanción específica a imponer por parte del Congreso, en cambio, solo cae en señalamientos de que se dé inicio a un “procedimiento respectivo”.
“Adicionalmente, recomendar a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, se inicie el procedimiento respectivo en relación con los aforados, según las informaciones advertidas en la audiencia a propósito de las declaraciones de los testigos Lecaros Cornejo, Gutiérrez Camacho y Blume Fortini, en relación con estos hechos recientemente advertidos”, se lee en el documento al que Infobae Perú tuvo acceso.

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