
Una inquietante realidad ocurre con aproximadamente 2,728 entidades estatales, que acumulan una deuda que supera los S/ 12,166.6 millones, con más de 431,000 trabajadores vinculados al Sistema Privado de Pensiones (SPP). Este desequilibrio no solo afecta los fondos destinados a las pensiones de los trabajadores, sino que también obstaculiza el crecimiento de sus aportes al no aprovechar la rentabilidad del sistema.
De acuerdo con la información compartida por la Revista Microfinanzas, esta problemática no se limita a la capital peruana, sino que se extiende a los tres niveles de gobierno: Nacional, regional y local. “En miles de entidades, se descontaron mensualmente los aportes de AFP de los sueldos de 431,936 afiliados, pero lamentablemente no fueron depositados en sus Cuentas Individuales de Capitalización”, señaló Giovanna Prialé, presidenta de la Asociación de AFP (AAFP).
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La mayor deuda recae en los gobiernos regionales, con un total de 565 entidades que adeudan un monto alarmante de S/ 6,205.7 millones. Les siguen 386 instituciones del Gobierno Nacional, con una deuda significativa de S/ 3,402.4 millones. Finalmente, 1,777 entidades de los gobiernos locales acumulan una deuda conjunta de S/ 2,558.3 millones.
¿Se les devolverá el dinero a los trabajadores correspondientes?

Por tercera vez, se activa el Régimen de Reprogramación de Pagos de Aportes Previsionales (REPRO), una opción que busca poner al día los aportes devengados y no abonados hasta el 31 de diciembre de 2022. Esta medida, que ha sido habilitada nuevamente, permitirá a las instituciones saldar sus deudas pendientes con empleados y, a su vez, evitar la afectación continua de la rentabilidad de los trabajadores.
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Para aquellos trabajadores cuyos aportes a AFP no hayan sido cumplidos, la ley garantiza que no perderán su rentabilidad. “La deuda sujeta a reprogramación se ajusta desde su fecha de exigibilidad hasta el último día del mes anterior a la solicitud, aplicándole la rentabilidad nominal promedio obtenida en el SPP durante el periodo y el tipo de fondo correspondiente”, señala la normativa.
Este régimen ofrece la oportunidad de que cerca de medio millón de trabajadores del sector público, incluyendo pensionistas y afiliados, recuperen sus aportes y la rentabilidad que habrían obtenido en caso de pagos oportunos.
Al acogerse al REPRO, las entidades estatales no solo cumplirán con sus obligaciones pendientes, sino que también se beneficiarán con la eliminación de multas, recargos e intereses. Este procedimiento tiene el potencial de reducir la deuda del Estado en un 89%, pasando de más de S/ 12,166.6 millones a poco más de S/ 1,295 millones, sin afectar los aportes y la rentabilidad de los afiliados.
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Adicionalmente, las instituciones tienen la posibilidad de solicitar la suspensión de los procesos de cobranza judicial iniciados por las AFP a causa de las deudas amparadas por este régimen. Las solicitudes de acogimiento pueden presentarse hasta el 28 de febrero de 2024, a través de la web de AFPnet, una vez se publique el procedimiento operativo por parte de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.
Detalles de la Reprogramación de Deudas bajo el Régimen REPRO AFP III

La reprogramación de deudas bajo el nuevo régimen ofrece a las entidades una serie de beneficios para facilitar el pago, con flexibilidad en términos de montos, modalidades y plazos. Aquí se detallan los aspectos más relevantes:
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- Fraccionamiento extendido: La deuda puede ser fraccionada en cuotas, con un plazo máximo de hasta diez años.
- Condiciones de las cuotas: Las cuotas del fraccionamiento pueden estar sujetas a un monto mínimo, así como a un interés de fraccionamiento y los intereses aplicables a cuotas impagas. También se especifican las causales que podrían llevar a la pérdida del beneficio del REPRO AFP III.
- Opción de adelanto de cuotas: Si las entidades disponen de recursos económicos, tienen la posibilidad de adelantar cuotas del fraccionamiento. Este adelanto puede generar una reducción proporcional de los intereses asociados.
- Regulación detallada: El reglamento de la ley aborda aspectos cruciales como el número de cuotas permitidas, el monto mínimo de las cuotas, el interés de fraccionamiento, los intereses aplicables a cuotas impagas, los recursos destinados al pago de cuotas, las consecuencias del incumplimiento de pago, entre otros. Estas disposiciones son esenciales para la implementación efectiva del régimen.
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