
La jueza supernumeraria Doris Cajincho Yañez, del Juzgado Constitucional Permanente de Huancayo de la Corte Superior de Junín, declaró infundado el hábeas corpus que se presentó a favor del prófugo líder de Perú Libre, Vladimir Cerrón, según la resolución a la que accedió Infobae Perú. El objetivo de este recurso era anular la sentencia 3 años y 6 meses de prisión efectiva por colusión en el caso Aeródromo Wanka.
El recurso estaba dirigido contra los jueces Walter Chipana Guillen, Carlos Richar Carhuancho Mucha y Roberto John Meza Reyes, integrantes de la Sala Penal de Apelaciones Transitoria Especializada en Delitos de Corrupción de Junín. Dicho colegiado condenó a Cerrón Rojas el viernes 6 de octubre.

Con el recurso constitucional se buscaba que el Poder Judicial declare la nulidad de la referida sentencia en el extremo que rechazó el pedido de prescripción planteado por la defensa del prófugo Vladimir Cerrón al amparo de la Ley 31751, también conocida como la Ley Soto, y se ordene a la Sala Penal emitir un nuevo pronunciamiento.
El recurso reitera el argumento ya desestimado en el juicio oral por el caso Aeródromo Wanka, que el hecho colusorio habría prescrito el 26 de julio de 2023. La Sala concluyó que eso no era cierto, que el acto ilícito aún prescribe el 4 de junio de 2024.
Cabe precisar que el delito de colusión tiene un plazo de prescripción de 10 años (6 años por pena máxima + 3 años por plazo extraordinario + 1 año por suspensión de la prescripción).
En el hábeas corpus también se denunciaba que el pedido de prescripción a favor de Vladimir Cerrón tuvo que haberse tramitado como una incidencia independiente a la sentencia.
Al haberse tramitado como parte de los alegatos finales de la defensa del prófugo líder de Perú Libre, esta fue resuelta en la sentencia, por lo que adquiere firmeza y ya no es apelable.
Las razones del PJ para rechazar el hábeas corpus a favor de Cerrón
Respecto al primer supuesto agravio a los derechos de Vladimir Cerrón, respecto a la aplicación de la Ley Soto, la jueza Doris Cajincho Yañez determinó:
“De la revisión de la sentencia materia de cuestionamiento; solo con fines estrictamente de evidenciar algún derecho constitucional afectado; se advierte que contiene una debida fundamentación”.

Respecto al segundo supuesto agravio, respecto a la tramitación del pedido de prescripción, la magistrada evidenció que la defensa del exgobernador regional de Junín aceptó que su requerimiento sea considerado como parte de sus alegatos finales.

Otro argumento del Juzgado Constitucional Permanente de Huancayo para rechazar el hábeas corpus a favor de Vladimir Cerrón es que la sentencia en cuestión aún no tiene calidad de firme. Es decir, la defensa del prófugo aún puede impugnar el fallo.
En el presente caso, el abogado del exgobernador regional de Junín aún puede interponer un recurso de casación, a fin de que la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema revise si la sentencia del caso Aeródromo Wanka se emitió de acuerdo a ley.
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