El Gobierno de la presidenta Dina Boluarte, a través del decreto supremo Nº 090-2023-PCM, ha prorrogado una vez más el estado de emergencia en Puno. Esta es la tercera vez que se extiende la suspensión de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales.
Como se recuerda, el Ejecutivo dispuso el estado de emergencia en Puno, así como en otras regiones, en enero de este año por diversos conflictos sociales “que vienen generando actos de violencia y vandalismo contra instituciones públicas y privadas, agresiones contra la integridad personal de los ciudadanos y autoridades” tras la destitución de Pedro Castillo, quien intentó dar un golpe de Estado el 7 de diciembre de 2022.
En dicho mes, el Gobierno ordenó que el control interno de Puno esté a cargo de las Fuerzas Armadas. Para este mes, dicha facultad ha regresado a manos de la Policía Nacional del Perú. Así lo adelantó a la prensa el presidente del Consejo de Ministros, Alberto Otárola, tras la última sesión del gabinete ministerial.
“En Puno está vigente hasta el 4 de agosto próximo un estado de emergencia en el que el control del orden interno está a cargo de las Fuerzas Armadas. Esta decisión se va a levantar y, de manera paulatina, vamos a regresar a la normalidad en esta importante y querida zona del país. Se va a declarar un estado de emergencia por 30 días con el control de orden interno exclusivamente a cargo de la Policía Nacional. Esto significa que el comando militar unificado va a regresar a sus lugares de origen, a sus cuarteles”, anunció Otárola el 2 de agosto.
Según el premier, esta disposición es “una expresión de confianza que une el mensaje de la presidenta, en el sentido de propender hacía un país unido y reconciliado”.
El regreso del control interno a la PNP fue solicitado al ministro del Interior, Vicente Romero, en base a informes reservados de la X Macro Región Policial Puno que dan cuenta de la “problemática advertida en el referido departamento”.
Disposiciones adicionales
El decreto supremo precisa que la intervención de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas se deberá efectuar acorde a sus respectivos reglamentos para el uso de la fuerza. En tanto, en el caso de mujeres y poblaciones vulnerables, las fuerzas del orden se deberán ceñir al Protocolo detención, retención e intervención policial aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2023-MIMP.
Una vez finalizado el estado de emergencia en Puno, la PNP presentará un informe al ministro del Interior detallando “las acciones realizadas durante la vigencia de los regímenes de excepción y los resultados obtenidos”.
Suscriben el decreto supremo la presidenta Dina Boluarte, el presidente del Consejo de Ministros, Alberto Otárola, y los ministros Vicente Romero (Interior), Jorge Chávez (Defensa) y Daniel Maurate (Justicia y Derechos Humanos).
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