
A pesar de que la creciente impopularidad, el Congreso de la República se encuentra en el centro de atención otra vez debido a una polémica norma que generaría impunidad para personajes políticos que se encuentran bajo investigación por el Ministerio Público. En concreto, nos referimos a la Ley 31751 que modifica el Código Penal y el nuevo Código Procesal Penal sobre la suspensión del plazo de prescripción.
La Corte Suprema de Justicia había definido que la suspensión sea regulado como el máximo de la pena más la mitad. Se había establecido que la prescripción deja de contarse desde el momento en que se inicia la investigación y hasta que concluye el paso previo. Sin embargo, con la nueva legislación, publicada el 25 de mayo pasado, establece que el período de tiempo en el que un delito puede ser considerado prescrito se reduce a un año.
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Así, un ejemplo es el delito de patrocinio legal -generalmente cometido por los altos funcionarios públicos- que tenía un plazo de seis años para desarrollar todo un caso por parte de la Fiscalía: culminar la investigación, solicitar el levantamiento del antejuicio político, presentar la acusación fiscal, pasar al juicio oral, dictar la condena, revisar alguna apelación o ratificar la decisión que un juez dictó contra un investigado en segunda instancia.
Con la modificación del Parlamento, ahora pasará a un lapso de cuatro años: tres por la prescripción y uno más por la suspensión. Acorta más los plazos para procesar a un servidor público.
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Adicionalmente, la ley tampoco tiene una precisión respecto a en qué momento se cuenta la prescripción. Para el caso de tentativa se calcula desde el momento en que se comete el delito, mientras para los que son permanentes se registra que sean desde que cesa esta falta sancionada por el Código Penal de nuestro país.
Hasta el momento, el Poder Judicial y el Ministerio Público no han emitido algún comunicado conjunto para rechazar esta ley que, sin duda, beneficia a muchos políticos. Dos de ellos, por ejemplo, son el expresidente Alejandro Toledo (2001-2006) y Vladimir Cerrón, líder de Perú Libre y exgobernador regional de Junín.
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Toledo y Cerrón
El expresidente Toledo, quien llegó extraditado el 23 de abril pasado desde Estados Unidos, afronta el caso Interoceánica. A él se le acusa de haber recibido sobornos por 31 millones de dólares de las empresas brasileñas Odebrecht y Camargo y Correa, para adjudicarles los tramos dos, tres y cuatro de esta obra durante su gobierno.
El exlíder del desaparecido partido Perú Posible es imputado por la Fiscalía por lavado de activos, tráfico de influencias y colusión. Este último delito tiene una pena de 15 años. En el caso de Toledo se habría producido en el 2005. Con la nueva norma, el plazo de prescripción acabaría en el 2025. En ese orden, el Poder Judicial y la Fiscalía tendría poco menos de un año y medio para tener una sentencia definitiva.
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Lo mismo se daría en el caso de Cerrón que tiene procesos por terrorismo y lavado de activos que se habrían dado entre el 2004 y 2014. Con la modificación del tiempo para suspender la prescripción, estos delitos ya quedarían sin efecto para que el líder de Perú Libre sea procesado.
La misma situación pasaría con todos los magistrados del caso Cuellos Blancos del Puerto, donde afrontan varios delitos como tráfico de influencias, patrocinio ilegal, negociación incompatible con el cargo, organización criminal, entre otros. Hay que señalar que el principal protagonista de esta trama de corrupción es el exjuez César Hinostroza, quien se encuentra prófugo de la justicia desde el año pasado en Europa.
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