
Todos los trabajadores que se encuentran laborando en empresas o pequeñas empresas formales tienen acceso a una serie de beneficios de acuerdo a ley. Por ejemplo, de acuerdo al régimen laboral, tienen vacaciones, Compensación por Tiempo de Servicio (CTS), seguro de salud, utilidades, entre otras.
A ello se le suma las licencias laborales, que permite a los trabajadores ausentarse de su puesto de trabajo por salud, asuntos familiares, entre otros, y pueden ser remuneradas o no remuneradas de acuerdo a la situación. En el país se cuenta con 31 licencias laborales, de las cuales 28 son con goce de haber.
Estas son las principales licencias que se otorgan en el país:
Licencia por maternidad
La trabajadora gestante tiene derecho a 49 días de descanso prenatal y 49 días de descanso post natal. Este periodo puede ser extendido por 30 días en caso de nacimiento múltiple o de niños con discapacidad.

Licencia por paternidad
Los trabajadores, cuyas esposas o convivientes estén gestando, tienen derecho a 10 días de descanso posterior al parto. En caso de nacimientos prematuros o múltiples el periodo es de 20 días de descanso.
Si el niño nace con alguna enfermedad congénita terminal o discapacidad severa, el descanso es de 30 días. Y si la madre sufre complicaciones en el parto la licencia es de 30 días.
Licencia por adopción
Los trabajadores que adopten a un niño menor de 12 años tienen 30 días de descanso remunerado.
Permiso por lactancia
Las trabajadoras que retornan a su centro de labores luego de cumplir con su licencia por maternidad tienen derecho a una hora diaria de permiso hasta que su hijo cumpla un año de edad. En caso de parto múltiple, el permiso es de dos horas.
Licencia por enfermedad grave o accidente grave de familiares directos
En este caso se otorga como máximo siete días de descanso al trabajador cuyo padre o madre, cónyuge o conviviente, o persona bajo su curatela o tutela sea diagnosticado con una enfermedad grave o terminal o sufra un accidente que ponga en riesgo su vida.

Licencia para atención de familiares con Alzheimer y otras demencias
Los trabajadores que tengan un familiar directo con este tipo de enfermedades y estén a cargo de su cuidado, tienen un día de licencia al año, el cual puede ser solicitado por horas, no necesariamente continuas.
Además, en caso requiera más días de descanso, puede solicitar licencias a cuenta de su periodo vacacional o sin goce de haber, previo acuerdo con su empleador.
Licencia para asistencia médica y terapia de rehabilitación de personas con discapacidad
Los trabajadores que tengan hijos o personas menores de edad con alguna discapacidad y estén bajo su tutela tienen derecho a 56 horas de permiso al año. Estas pueden ser tomadas consecutivas o alternas.
De necesitar más tiempo de permiso, las horas pueden ser compensadas de manera extraordinaria, previo acuerdo con su empleador.
Licencia por hijo menor de edad con diagnóstico de cáncer
Los trabajadores que tengan hijos menores de edad y sean diagnosticados con cáncer podrán solicitar licencia con goce de haber por un periodo no mayor a un año.
En este caso los primeros 21 días son pagados por el empleador, y posterior a ello EsSalud asume el pago por el tiempo restante.
Licencia para realizarse exámenes oncológicos preventivos
Los trabajadores tienen derecho a solicitar uno o dos días de descanso para someterse a exámenes preventivos oncológicos. Las horas dejadas de laborar deberán ser compensadas posteriormente, previo acuerdo con el empleador.

Licencia para realizarse exámenes de detección temprana de cáncer de mama y cuello uterino
Las trabajadoras tienen derecho a un día de licencia con goce de haber para acudir a realizarse exámenes de detección temprana del cáncer de mama y de cuello uterino.
Permiso para donar sangre
Los trabajadores que deban acudir a donar sangre tiene derecho a solicitar el permiso a su empleador por el tiempo que le demande esta actividad.
Descanso médico o por accidente
Los trabajadores que presenten incapacidad para cumplir con sus labores, ya sea por enfermedad o por accidente, podrán gozar de licencia con goce de haber la cantidad de días que indique el médico tratante.
Permiso por tratamiento de tuberculosis
Los trabajadores bajo tratamiento por esta enfermedad tienen derecho a ingresar una hora tarde o retirarse una hora antes de su horario habitual para cumplir con su tratamiento.
Licencia por violencia familiar
Los trabajadores víctimas de violencia familiar tiene derecho a la suspensión de su relación laboral sin goce de haber hasta por un periodo de cinco meses, el cual debe ser concedido por un juez. Su reincorporación debe realizarse en las mismas condiciones existentes en el momento de la suspensión de la relación laboral.
Licencia por fallecimiento
Los trabajadores que pierdan a un familiar directo como padres, hijos o hermanos tienen derecho a un periodo de descanso de cinco días.

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