
Antes de iniciar su gira oficial por Singapur y Vietnam, el presidente de Panamá, José Raúl Mulino, sancionó una serie de leyes relacionadas con la expedición de pasaportes para estudiantes, la reorganización territorial del sistema judicial y la promoción del turismo rural. Las normas 553, 554 y 555 llevan fecha del 29 de septiembre de 2026 y fueron promulgadas en la Gaceta Oficial.
Entre las nuevas disposiciones destaca la Ley 554, que amplía el marco legal para la expedición del pasaporte electrónico ordinario a estudiantes panameños que deban viajar al extranjero para representar al país. La norma adiciona el artículo 20-A a la Ley 32 de 2013, que creó la Autoridad de Pasaportes de Panamá (APAP).
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El beneficio comprende a estudiantes panameños por nacimiento o naturalización que cursen educación básica general o educación media. Para acogerse a la disposición deberán participar, en representación de Panamá o de sus planteles educativos, en actividades oficiales vinculadas con la representación estudiantil fuera del país.
La legislación enumera un abanico amplio de actividades para las cuales podrá expedirse el documento. Incluye jornadas, competencias oficiales, eventos y encuentros de carácter deportivo, científico o tecnológico, además de actividades relacionadas con robótica, cultura y asuntos académicos.
La cobertura no queda limitada exclusivamente a estudiantes, pues también incorpora a cualquier panameño que participe en los eventos oficiales descritos por la norma.
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La legislación vigente ya establece que la APAP es la única entidad del Estado competente para emitir, regular y reglamentar el uso de pasaportes en Panamá. El artículo 20 de la Ley 32, modificado en 2025, dispone además que la institución tiene a su cargo la expedición y autorización de los pasaportes electrónicos ordinarios, documentos reservados a ciudadanos panameños.
Para la expedición ordinaria, el trámite actualmente tiene un costo de $100 tanto para adultos como para menores de edad, de acuerdo con los requisitos publicados por la Autoridad de Pasaportes.
La nueva Ley 554, sin embargo, no establece expresamente en su articulado una exoneración de ese pago, por lo que su principal novedad está en reconocer legalmente la expedición del documento para quienes participen en esas representaciones oficiales.
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La norma también busca establecer mecanismos para que la emisión pueda realizarse oportunamente antes de los viajes. Aunque la APAP conserva de manera exclusiva la responsabilidad sobre la emisión, control y regulación del documento, otras instituciones podrán celebrar convenios de cooperación interinstitucional para verificar la condición de los participantes y coordinar el procedimiento.

La Ley 554 tuvo su origen en el proyecto 409 de 2025 y fue aprobado en tercer debate el 10 de septiembre de 2026. Tras su sanción presidencial y posterior promulgación, la norma comenzó a regir al día siguiente de su publicación, incorporando el nuevo artículo 20-A al régimen de pasaportes vigente en Panamá.
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El paquete sancionado por Mulino también incluye la Ley 553, que modifica varios artículos del Código Judicial y reorganiza territorialmente la administración de justicia.
Panamá queda dividido para efectos jurisdiccionales en cuatro distritos judiciales, que a su vez estarán conformados por circuitos judiciales y estos por distritos municipales.
El Primer Distrito Judicial agrupa Panamá, Panamá Oeste, Colón, Darién y la comarca Guna Yala, mientras el segundo comprende Coclé y Veraguas. El tercero reúne Chiriquí y Bocas del Toro, y el cuarto estará integrado por Herrera y Los Santos, con sedes superiores en Panamá, Penonomé, David y Las Tablas, respectivamente.
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Uno de los cambios específicos consiste en reconocer a Panamá Oeste como un circuito judicial integrado por Arraiján, La Chorrera, Capira, Chame y San Carlos. Su sede estará ubicada en La Chorrera y las referencias existentes al antiguo Tercer Circuito Judicial de Panamá deberán entenderse como correspondientes al Circuito Judicial de Panamá Oeste cuando la ley entre en vigor.

La reorganización también establece que Panamá tendrá dos circuitos judiciales: uno conformado por Panamá, Chepo, Chimán, Taboga y Balboa, y otro correspondiente a San Miguelito.
La Ley 553 determina además la distribución de jueces en diferentes jurisdicciones y entrará en vigencia seis meses después de su promulgación, a diferencia de la norma sobre pasaportes.
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Mulino sancionó además la Ley 555, que crea la Ruta del Trapiche como circuito turístico, cultural y gastronómico nacional alrededor de las zonas productoras de panela o raspadura.
La iniciativa incorpora centros de producción, demostraciones, museos, ferias y puntos de venta, mientras prevé capacitación, acceso a financiamiento y apoyo para la comercialización de los productores artesanales vinculados con la caña de azúcar.
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