
Panamá estableció un procedimiento para declarar y atender alertas, emergencias y desastres ambientales, con el propósito de acelerar la respuesta frente a situaciones que amenacen los recursos naturales, la salud de las personas o las actividades productivas. Las nuevas reglas fueron incluidas en el Decreto Ejecutivo 5, publicado en la Gaceta Oficial.
El documento busca que las autoridades puedan actuar bajo criterios previamente definidos y según la gravedad de cada evento, en lugar de aplicar una misma respuesta para todos los casos. También establece responsabilidades, plazos y mecanismos de coordinación para prevenir daños, controlar sus efectos y recuperar las zonas afectadas.
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El nivel inicial será la alerta ambiental, que podrá declararse cuando exista un riesgo o señales de una posible afectación, aunque todavía no se hayan producido daños importantes. En esa etapa, el Ministerio de Ambiente deberá reforzar la vigilancia, el seguimiento técnico y las medidas preventivas para evitar que la situación empeore.
La emergencia ambiental se aplicará cuando ya exista un daño significativo o un peligro grave e inminente. Esta categoría permitirá ordenar acciones inmediatas y obligatorias, entre ellas la suspensión temporal de actividades, la aplicación de controles especiales y la intervención coordinada de las instituciones responsables de atender el problema.
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El nivel más alto será el desastre ambiental, reservado para acontecimientos que causen daños severos al ambiente o comprometan su recuperación. En esos casos podrán desplegarse acciones urgentes para atender a las comunidades, proteger la biodiversidad, restaurar ecosistemas y reducir los efectos sociales, sanitarios y económicos derivados del evento.

Las declaratorias deberán aprobarse mediante una resolución sustentada en informes técnicos, científicos o elaborados por especialistas. El documento tendrá que identificar el área afectada, explicar las causas y la gravedad de la situación, establecer su duración y detallar las acciones que deberán ejecutar las instituciones involucradas.
La zona bajo alerta, emergencia o desastre deberá quedar delimitada con coordenadas geográficas y una representación cartográfica precisa. Además, el Ministerio de Ambiente tendrá hasta 15 días hábiles para preparar un plan inmediato que incluya responsables, fechas, indicadores, costos estimados y las posibles fuentes de financiamiento para las medidas previstas.
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Ese plan será de cumplimiento obligatorio para las entidades del Sistema Interinstitucional de Ambiente que participen en la respuesta. La declaratoria no podrá levantarse solamente porque haya transcurrido un plazo: primero deberán comprobarse el control de las causas y el cumplimiento de las acciones programadas, además de evaluarse los posibles efectos que permanezcan en el área.
El nuevo régimen también permite cambiar la clasificación según evolucione el problema. Una alerta podrá convertirse en emergencia o desastre si aumenta el riesgo o aparecen daños más graves. De igual manera, la categoría podrá reducirse o levantarse cuando los informes comprueben que las causas fueron controladas y el ambiente comenzó a recuperarse.
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Las empresas o personas involucradas en un incidente ambiental deberán comunicarlo al Ministerio de Ambiente. Si existe peligro directo para comunidades o fuentes de agua potable, la notificación tendrá que realizarse en un máximo de dos horas; para los demás casos, el plazo será de seis horas, junto con la activación inmediata de medidas de control y mitigación.

El aviso deberá señalar dónde ocurrió el incidente, sus posibles causas, las sustancias involucradas y las acciones adoptadas para contenerlo. El responsable también tendrá que informar oportunamente a las autoridades locales y las comunidades potencialmente afectadas, mientras que el incumplimiento de esta obligación podrá generar responsabilidades administrativas, civiles o penales.
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Uno de los puntos centrales del decreto establece que la persona o empresa responsable de causar una afectación deberá asumir los costos de la respuesta. Esto incluye los gastos relacionados con el control, la mitigación, la recuperación, el monitoreo y la reparación o restauración de los ecosistemas perjudicados por sus operaciones.
La disposición evita que la atención de un accidente recaiga exclusivamente sobre el presupuesto público. Además de pagar las acciones necesarias, el responsable podrá enfrentar sanciones cuando corresponda, bajo el principio de que quien produce el daño debe responder por sus consecuencias, incluso después de controlar la situación inmediata.
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Las infracciones cometidas dentro de una zona declarada bajo alerta, emergencia o desastre serán consideradas una circunstancia que agrava la responsabilidad del infractor. Dependiendo del caso, el Ministerio de Ambiente podrá ordenar la suspensión temporal de actividades y retener instrumentos, equipos o materiales relacionados con la afectación mientras se desarrollan las investigaciones.

El decreto también designa a los guardaparques como el cuerpo operativo de primera respuesta del Ministerio de Ambiente cuando los hechos ocurran dentro de áreas protegidas o en sus zonas de amortiguamiento. Su labor se coordinará con Sinaproc, los bomberos, los estamentos de seguridad y las demás instituciones que participen en la atención del evento.
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Si la magnitud o extensión del incidente requiere más personal, podrán movilizarse guardaparques desde otras áreas protegidas. La norma contempla incluso convocar a funcionarios que se encuentren en descanso, siempre bajo las disposiciones laborales y presupuestarias correspondientes, para garantizar una respuesta rápida en los espacios naturales afectados.
Las medidas también alcanzan la protección de los recursos hídricos. Cuando una declaratoria involucre ríos, lagos, acuíferos o fuentes de abastecimiento, se podrán aplicar controles, restricciones y acciones inmediatas de recuperación, en coordinación con el Ministerio de Salud, el Idaan y otras instituciones con competencias sobre el agua.
Si el problema afecta la cuenca hidrográfica del Canal, las actuaciones deberán coordinarse con la Autoridad del Canal de Panamá. El decreto determina que las restricciones establecidas durante la contingencia tendrán prioridad sobre los usos no esenciales del agua, con el objetivo de proteger el consumo humano y los ecosistemas comprometidos.
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En materia de biodiversidad, las acciones podrán incluir la delimitación de áreas críticas y el rescate, traslado y atención veterinaria de animales afectados. También podrán ejecutarse trabajos para recuperar hábitats, controlar la propagación de enfermedades y proteger especies cuya supervivencia se encuentre amenazada por contaminación, incendios u otros eventos ambientales.
Cuando exista acumulación descontrolada de residuos sólidos, el Ministerio de Ambiente podrá establecer medidas temporales para contener la contaminación y coordinar una respuesta con los municipios o la Autoridad de Aseo. Las instituciones deberán preparar planes de atención y disposición de los desechos, sin perjuicio de las sanciones aplicables a los responsables.
El decreto precisa que estas categorías tienen carácter ambiental y no equivalen a un estado de emergencia nacional. Si un evento supera la capacidad de respuesta del país, el Ministerio de Ambiente podrá recomendar al Consejo de Gabinete una declaratoria nacional, que activa facultades y procedimientos más amplios para enfrentar una crisis.
Esa diferencia cobra relevancia porque Panamá mantiene actualmente un estado de emergencia nacional por el fenómeno de El Niño. La medida fue aprobada por el Consejo de Gabinete el 25 de agosto y permanecerá vigente hasta el 30 de junio de 2027, según la información divulgada por el Sistema Nacional de Protección Civil.
La declaratoria autoriza contrataciones especiales por un monto conjunto de hasta $80 millones para adquirir bienes, contratar servicios y ejecutar obras destinadas a prevenir o atender afectaciones. Los recursos podrán emplearse frente a riesgos relacionados con el agua, la agricultura, la energía, la infraestructura y la seguridad de las comunidades expuestas a eventos extremos.
Las previsiones oficiales apuntan a déficits de lluvia que podrían alcanzar el 55% en algunas zonas, aunque otras regiones podrían sufrir inundaciones o deslizamientos. En ese escenario, el nuevo procedimiento ofrece al Estado una ruta para reaccionar desde las primeras señales de peligro, distribuir responsabilidades y mantener las medidas hasta comprobar que la amenaza o el daño ambiental fueron superados.
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