
De manera unánime los diputados de la Asamblea Nacional aprobaron el proyecto 641 que incorpora al Código Fiscal un nuevo capítulo con reglas de sustancia económica aplicables a entidades de grupos multinacionales domiciliadas en Panamá que obtengan determinadas rentas pasivas del exterior, tales como dividendos, intereses, regalías, ganancias de capital y rentas inmobiliarias.
Los diputados tenían hasta el 15 de junio para la aprobación o no de esta norma, una vez fueron habilitados el 4 de mayo por el presidente José Raúl Mulino.
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Para el Ministerio de Economía y Finanzas, la aprobación de esta iniciativa representa un importante avance para el fortalecimiento del marco tributario y económico del país, con el objetivo de impulsar un marco legal moderno que promueva el crecimiento económico sostenible y fortalezca la competitividad, estabilidad e imagen internacional de Panamá.
La normativa entrará en vigencia a partir del período fiscal 2027 y concede un plazo de 90 días al Órgano Ejecutivo para su reglamentación.
La entidad gubernamental sostiene que la nueva legislación reafirma el compromiso del país con los estándares internacionales de transparencia fiscal y sustancia económica, consolidando al país como una jurisdicción confiable, moderna y alineada con las mejores prácticas internacionales.
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De acuerdo con la normativa aprobada, se indicó en una nota de prensa, las entidades que no acrediten sustancia económica en Panamá, es decir, que no cuenten con personal calificado, instalaciones adecuadas, toma de decisiones estratégicas y gastos operativos reales en territorio nacional, estarán sujetas a una tarifa única y definitiva del 15% sobre la renta neta gravable derivada de dichas rentas pasivas extranjeras.
La ley también reconoce un tratamiento especial para ingresos derivados de activos intangibles desarrollados en el país, tales como patentes, marcas y derechos de autor, con el propósito de incentivar la innovación, el desarrollo tecnológico y la generación de valor agregado en el país.
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También incorpora un mecanismo de crédito por impuestos pagados en el exterior para evitar la doble tributación y excluye expresamente del régimen a la marina mercante y a las entidades financieras supervisadas por la Superintendencia de Bancos, la Superintendencia del Mercado de Valores y la Superintendencia de Seguros y Reaseguros.
El proyecto de ley, siempre según el Ministerio de Economía y Finanzas, moderniza además el concepto de establecimiento permanente conforme a estándares internacionales, incorpora una cláusula antiabuso y refuerza las garantías de confidencialidad y protección de la información tributaria.
Con esta aprobación, afirma el ministerio, Panamá fortalece su reputación internacional como una jurisdicción comprometida con la transparencia y con la promoción de una economía basada en actividades reales y sustantivas.
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El nuevo régimen se manifiesta que contribuirá a generar mayor confianza entre inversionistas y organismos internacionales, promoverá la atracción de inversión extranjera responsable y fomentará la instalación de operaciones con presencia real, generación de empleos de calidad y desarrollo económico local.
La nueva normativa también impulsa un entorno de negocios más sólido y sostenible, favoreciendo el acceso de Panamá a mercados internacionales, relaciones financieras más estables y mayores oportunidades para el crecimiento económico del país.
La norma de sustancia económica es un principio legal y contable que exige que las operaciones y transacciones de una empresa reflejen su realidad económica y comercial por encima de su forma jurídica.
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A nivel fiscal, obliga a las multinacionales a demostrar que tienen operaciones físicas y actividad real en el país, más allá de solo buscar ventajas tributarias.
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