
El Consejo de Gabinete autorizó al Ministerio de Gobierno a suscribir una adenda al Contrato de Concesión de 27 de mayo de 2008 celebrado con la empresa Claro Panamá, S.A. (Claro), así como el finiquito de terminación de esta concesión.
También autorizó la Adenda No. 1 al contrato de 22 de noviembre de 2013, celebrado con la empresa Cable & Wireless Panama, S.A. (CWP), en razón de la concentración económica de ambas empresas.
La medida destaca que en reunión celebrada entre la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP) y las concesionarias CWP y CLARO se homologaron los textos de las Adendas que contemplan la modificación a la Concesión de Contrato de 27 de mayo de 2008.
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La modificación es para incluir el mutuo acuerdo como causal de terminación de dicho contrato y la firma del finiquito de terminación de esta concesión y las modificaciones al Contrato de Concesión de CWP, que incluye autorizar el traspaso del derecho de uso de los 70 MHz a favor de CWP y la posibilidad de solicitar la extensión del derecho de uso del 2028 hasta el 2037.
El Ejecutivo considera que las modificaciones a los contratos de concesión celebrados con Claro y CWP, que fueron homologadas, y el finiquito de terminación de esta concesión, son procedentes, ya que cumplen con los principios señalados en la Ley 31 de 1996 y su reglamentación y las disposiciones legales establecidas para los concesionarios de servicios móviles.
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Por ello, se autorizó al Ministerio de Gobierno para que, en nombre y representación de la República de Panamá, suscriba la Adenda No. 2 al Contrato de Concesión de 27 de mayo de 2008, celebrado con Claro, en el sentido de modificar la Cláusula 72 para incluir el mutuo acuerdo como causal de terminación normal del contrato de concesión, y a suscribir el finiquito de esta concesión.
Asimismo, el citado ministerio ha sido autorizado a suscribir la Adenda No. 1 al Contrato de Concesión de 22 de noviembre de 2013, suscrito con la empresa CWP, a efectos de traspasar 70 MHz a favor de CWP (Cláusula 1), para prestar el servicio de telefonía móvil celular, debido al proceso de concentración económica con la empresa Claro Panamá, S.A., y modificar varias cláusulas y el derecho de concesión.
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El Consejo de Gabinete también facultó a la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP) a establecer en la suma de $235,034.00 por MHz, el precio que deben pagar las concesionarias de servicios móviles por el derecho de uso del espectro radioeléctrico en las bandas medias (1.4 GHz, 2.3 GHz, 2.5 GHz y 3.5 GHz).
La medida señala que con la llegada de la quinta generación (5G) de las tecnologías móviles, la industria prevé un incremento de entre 10 y 100 veces en el tráfico de las redes durante la década 2020-2030, así como un aumento significativo en la cantidad de dispositivos y servicios conectados.
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Este crecimiento plantea una mayor demanda de asequibilidad y de una experiencia de usuario superior.
Se destaca que la tecnología 5G representa un salto cualitativo respecto a las generaciones anteriores de servicios móviles celulares, ya que no solo ofrece mayores velocidades de conexión, sino que también posibilita una latencia ultrabaja, una mayor densidad de dispositivos conectados y una eficiencia energética superior.
Estas capacidades permiten el desarrollo de nuevas aplicaciones, como los vehículos autónomos, la cirugía remota, las ciudades inteligentes y la expansión del Internet de las Cosas (IoT), cuyo despliegue global está transformando el ecosistema digital y acelerando la transición hacia una sociedad hiperconectada.
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Teniendo como fundamento que el espectro radioeléctrico constituye un bien de dominio público del Estado, la ASEP realizó los análisis correspondientes con la finalidad de proponer un ajuste a la metodología de valorización, tendiente a la reducción del precio del espectro asignado a las bandas medias (1.4 GHz, 2.3 GHz, 2.5 GHz y 3.5 GHz).
Esto, como parte de una estrategia para impulsar la inversión en infraestructura, mejorar la calidad de los servicios y mantener la competitividad del sector.
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