
La pesca de la medusa conocida como “bola de cañón” (Stomolophus spp.) está autorizada a lo largo de la línea costera panameña hasta el próximo 31 de diciembre, a distancias no mayores de cinco millas náuticas de la costa.
La “bola de cañón” pertenece al grupo de las Scyphozoa, especies que despiertan cada vez más el interés gastronómico, debido a que sus características son apropiadas para servir como alimento, además de que los scyphozoos comestibles suelen carecer de toxicidad, registra la literatura marítima.
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Su alto consumo en ensaladas o sopas, entre otras exquisiteces, se da en países como Corea del Sur, Malasia, China, Japón, Singapur, Taiwán, Vietnam, Turquía y Rusia, entre otros, mientras que en América Latina el consumo se sitúa básicamente en Argentina, Ecuador, Nicaragua, Perú y México.
La medida de la Autoridad Marítima de Panamá detalla que la pesca está autorizada solo a 15 embarcaciones de pequeña escala o artesanal, con motores fuera de borda con un máximo de velocidad de 15 Hp (caballos de fuerza), que cuenten con sus respectivas licencias de pesca vigente.
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Según la norma, establecida en la Gaceta Oficial No.30478 E, las mencionadas embarcaciones se deben limitar a capturar un total de 3,500 toneladas de desembarque anual de la medusa “bola de cañón”, que debe su nombre a su parecido con ese artefacto.

Una vez alcanzado el valor de la captura máxima permitida, se advierte que se cerrará la temporada de pesca durante este 2026, independientemente que no haya culminado su temporada de cierre.
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Para la captura de la “bola de cañón” se utilizará el arte de pesca conocido como red de copo (red de bolso o cuchara), con una longitud de malla estirada de 10.16 centímetros (cuatro pulgadas) y armazón de 90 cm x 66 cm.
Solo se permitirán hasta tres pescadores por embarcación y un bolso, copo o cuchara por pescador.
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Para el desembarco de la “bola de cañón” se autoriza a los puertos Panamá, Caimito y Vacamonte, aunque la autoridad aclara que podrá agregar o eliminar puertos, según la necesidad existente.
Los dueños de las embarcaciones dedicadas a este tipo de pesca deberán solicitar una autorización a la Autoridad Marítima de Panamá, e igualmente contar con la licencia vigente de pesca de pequeña embarcación o artesanal.
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También se debe aportar un informe de inspección técnica de la embarcación, de los aparejos de pesca realizada por funcionarios de la entidad rectora de la pesca en el país.
Al referirse a las empresas autorizadas para el procesamiento, almacenamiento y comercialización de la medusa “bola de cañón” se informa que mensualmente deben presentar ante la Dirección General de Ordenamiento y Manejo Integral y ante la Dirección General de Investigación y Desarrollo de la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá (ARAP) un informe de captura de medusas conforme a un formato previamente establecido.
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Se insiste en que este documento debe contener la totalidad de las capturas realizadas, al igual que el procesamiento mensual efectuado y las exportaciones realizadas.
Desde la Cámara Nacional de Pesca y Acuicultura de Panamá, se dijo que en el país no se procesa la “bola de cañón”, aunque anteriormente había una empresa que lo hacía.
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Panamá en 2025 exportó productos por un valor acumulado de $754.9 millones, lo que representa un aumento de $34.2 millones (4.7%) en comparación con el mismo periodo del año anterior, de acuerdo con las estadísticas del Ministerio de Comercio e Industrias.
Los productos del mar impulsaron este crecimiento, teniendo al camarón congelado como el principal producto exportado, con una participación del 12.5%, mientras que los datos del Sistema Armonizado reflejan que los pescados y crustáceos continuaron liderando con un 21.4% del total exportado, seguidos por frutas (12.8%), grasas y aceites (9.5%), fundición de hierro y acero (6.4%), alimentos preparados para animales (4.6%) y madera (4.5%).
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