
A lo largo y ancho de nuestro país, hay espacios que cuentan la historia de una comunidad. A veces es un pequeño museo levantado por vecinos, otros, una hemeroteca que guarda los diarios de hace cien años o un archivo parroquial o un centro cultural que sobrevive gracias al esfuerzo de voluntariosos miembros. Y, si bien, suelen estar alejados de los grandes escenarios, no obstante, allí también habita la identidad de una provincia.
Sin embargo, sostener esos lugares nunca ha sido sencillo. La mayoría depende de presupuestos escasos, del compromiso de asociaciones civiles y de personas que, muchas veces, trabajan sin esperar otra recompensa que preservar la memoria colectiva. Cuando uno de esos espacios desaparece, no solo cierra una institución, sino que se pierde una parte de la historia que difícilmente pueda recuperarse.
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Por eso la sanción de la Ley Provincial de Promoción Cultural N.º 14.365 merece ser celebrada; no solo porque incorpora un mecanismo novedoso para incentivar la participación privada en el financiamiento de proyectos culturales, sino porque entiende que preservar el patrimonio también es construir futuro.
Ese es, probablemente, el rasgo más innovador de la norma. Mientras otras leyes de promoción cultural en el país concentran sus beneficios en la producción artística, la legislación santafesina incorpora de manera explícita la salvaguarda y preservación del patrimonio cultural como uno de sus objetivos centrales. No es un detalle menor, significa reconocer que la cultura no empieza cuando se estrena una obra de teatro ni termina cuando baja el telón; también vive en los edificios históricos, en los museos locales, en los archivos, en las bibliotecas y en todo aquello que permite a una comunidad reconocerse en su propia historia.
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La ley crea un régimen destinado a estimular la participación del sector privado mediante aportes económicos a proyectos previamente aprobados, otorgando beneficios fiscales a quienes contribuyan. Pero lejos de reemplazar al Estado, lo que propone es una alianza entre lo público y lo privado para ampliar las posibilidades de desarrollo cultural en la provincia.
Además, la reglamentación deja en claro que se privilegiarán aquellos proyectos que promuevan la preservación del patrimonio santafesino, los que fortalezcan la educación artística, los que se desarrollen en barrios con alta vulnerabilidad social, fomenten la inclusión y articulen cultura e innovación tecnológica, entre otros.
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La amplitud de la propuesta también merece destacarse. El régimen comprende iniciativas vinculadas con las artes escénicas, las artes plásticas y visuales, la producción y edición musical, los libros y publicaciones, el audiovisual, el diseño, los contenidos digitales, la publicidad, la formación cultural y el patrimonio material. La cultura aparece así entendida en toda su diversidad y no restringida a unas pocas disciplinas tradicionales.
Uno de los aspectos más valiosos es que la ley no fue pensada únicamente para las grandes instituciones. También podrán presentar proyectos personas físicas y organizaciones sin fines de lucro con actividad cultural en Santa Fe, lo cual abre una oportunidad concreta para asociaciones de amigos de museos, bibliotecas, pequeños centros culturales y museos de pueblos y comunas que, durante décadas, sostuvieron el patrimonio local casi exclusivamente con el esfuerzo de sus ciudadanos.
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El sistema, además, incorpora mecanismos institucionales que buscan garantizar transparencia. La evaluación de los proyectos estará a cargo de un Consejo de Promoción Cultural, integrado por nueve miembros que desempeñarán sus funciones ad honorem durante dos años: un representante designado por el Gobernador, dos del Ministerio de Cultura, dos del Ministerio de Economía, dos legisladores provinciales y dos representantes de las Facultades de Humanidades y Arte de las Universidades nacionales con sede en Rosario y Santa Fe. Sus decisiones deberán estar debidamente fundamentadas, y sus integrantes o familiares no podrán presentar proyectos propios mientras ejerzan sus funciones.
Otro aspecto innovador es la creación de un registro de aportantes. Las empresas y contribuyentes de Ingresos Brutos que financien proyectos aprobados podrán computar parte de esos aportes como pago a cuenta del impuesto, dentro de los límites establecidos por la ley. Además, serán reconocidos como Colaboradores Culturales de la Provincia de Santa Fe, una denominación que busca estimular una nueva forma de responsabilidad social.
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En tiempos donde se suele discutir la cultura únicamente desde la lógica del presupuesto, esta ley santafesina da un paso superador en tanto sostiene que la cultura es un derecho y no un gasto accesorio que puede esperar tiempos mejores; es memoria, identidad, creatividad, educación y también desarrollo económico. Allí donde existe una biblioteca, un museo, un festival, una sala independiente o un archivo histórico, existe una comunidad que encuentra un lugar para narrarse a sí misma.
Santa Fe ha decidido que proteger ese patrimonio es una responsabilidad colectiva. Y quizá ese sea el mayor valor de esta ley, comprender que invertir en cultura no consiste solamente en financiar espectáculos; sino, sobre todo, que es cuidar aquello que nos une, nos identifica y les dará sentido a las generaciones que todavía están por venir.
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