
La inteligencia artificial dejó de ser una curiosidad tecnológica para convertirse en una herramienta cotidiana. Ejecutivos, empresarios, funcionarios y particulares la utilizan para organizar ideas, proyectar escenarios y, en muchos casos, analizar conflictos legales antes de consultar con un abogado.
Un reciente fallo dictado por el juez federal Jed Rakoff, del Distrito Sur de Nueva York, marcó un precedente relevante en esta materia. En el marco de una investigación por fraude estimado en 300 millones de dólares, el tribunal resolvió que las conversaciones mantenidas por el imputado con un chatbot de inteligencia artificial no estaban protegidas por el privilegio abogado-cliente y podían ser utilizadas como prueba en su contra.
El acusado había generado más de treinta documentos con intercambios mantenidos con una plataforma de inteligencia artificial antes de su detención, donde analizaba su situación jurídica. Posteriormente compartió esos archivos con su defensa. Cuando el FBI secuestró sus dispositivos electrónicos, los abogados intentaron invocar el secreto profesional. El tribunal rechazó ese planteo con un argumento claro: una inteligencia artificial no es un abogado, no tiene matrícula, no está sometida a deber fiduciario ni genera una relación profesional protegida.
El fallo establece que si la comunicación no nació dentro del vínculo abogado-cliente, no puede adquirir ese carácter con posterioridad por el solo hecho de enviársela luego al abogado. Lo que se le dijo a un tercero sigue siendo comunicación con un tercero.
Más allá de la discusión técnica sobre el privilegio, el caso pone el foco en una cuestión central: el riesgo probatorio. En investigaciones penales actuales, el secuestro de dispositivos electrónicos es una práctica habitual. Computadoras, teléfonos y respaldos en la nube forman parte del universo probatorio.

Si en ese material aparecen conversaciones con inteligencia artificial donde una persona desarrolla hipótesis defensivas, reconoce hechos, especula sobre maniobras o evalúa estrategias, esos registros pueden ser utilizados para confirmar teorías del caso, robustecer otras pruebas y contribuir a generar convicción judicial.
Naturalmente, toda incorporación probatoria debe cumplir con requisitos técnicos: orden judicial válida, extracción forense adecuada, pericia informática, respeto de la cadena de custodia e integridad del material. Pero una vez superados esos estándares, el contenido puede transformarse en evidencia digital relevante.
En la Argentina, el secreto profesional protege la relación entre abogado y cliente. Sin embargo, esa protección opera dentro de ese vínculo específico. Cuando una persona utiliza por su cuenta aplicaciones abiertas para analizar su situación jurídica, esa conversación no integra automáticamente el ámbito protegido.
Este precedente internacional refuerza una idea fundamental: el análisis estratégico y el asesoramiento jurídico deben canalizarse a través del abogado y dentro del marco profesional correspondiente. Consultar en entornos digitales abiertos puede exponer a una persona a que sus propias palabras sean luego utilizadas para fundar o reforzar una imputación.
La inteligencia artificial es una herramienta valiosa, pero su uso en contextos sensibles exige resguardo, prudencia y criterio jurídico. No se trata de rechazar la tecnología, sino de comprender que su utilización sin cuidados puede generar consecuencias procesales significativas.
En el escenario actual, la prudencia digital forma parte de la estrategia defensiva. Lo que hoy se escribe frente a una pantalla puede mañana ser incorporado como elemento de prueba en un expediente judicial.
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