
El proyecto del gobierno nacional que pretende habilitar una vía administrativa para terminar con los matrimonios es inconstitucional.
Por empezar, el divorcio no es un simple trámite administrativo. No se trata únicamente de la separación del vínculo, sino de un proceso mucho más complejo que conlleva múltiples consecuencias jurídicas: división de bienes, pensiones y beneficios, deudas, cuidado personal y régimen de comunicación de los hijos, pensiones alimentarias, derechos hereditarios, atribución de la vivienda, compensación económica, entre otras. Por lo tanto, es evidente que un único trámite administrativo no puede abordar adecuadamente y de manera justa cada una de estas implicaciones.
Por eso también el Código Civil enfoca el divorcio desde una perspectiva integral, considerando todos sus efectos. Y esto no es un capricho, sino que es la forma necesaria de abordar este proceso luego de años y años de estudio.
Sin embargo, el proyecto impulsado por el Gobierno no solo plantea serias preocupaciones en el ámbito jurídico y social, sino que constituye una amenaza directa a derechos fundamentales de las partes involucradas.
La falta de asesoramiento e intervención de abogados y abogadas, como promueve esta iniciativa, así como la falta del control jurisdiccional del Fuero especializado en Familia, socavan la seguridad jurídica y la garantía de defensa de los involucrados, impactando especialmente en los más vulnerables.
Y es ahí donde radica la importancia de los profesionales del derecho y los jueces, que tienen como objetivo defender a la parte más débil o vulnerable. Hoy muchas personas desconocen sus derechos ante un divorcio. “¿Qué pasaría entonces si se divorcian y desconocen, por ejemplo, los plazos de la compensación económica? ¿Quién se ve perjudicado? Claramente, la parte más desprotegida.
En definitiva, las consecuencias de permitir la renuncia a derechos sin el debido asesoramiento legal realmente son alarmantes. Exponiendo a las personas vulnerables a situaciones de desamparo y aumentando el riesgo de abusos por parte de alguna de las partes. Incluso, fomentando que puedan quedar atrapados en acuerdos viciados o generando conflictos judiciales prolongados. Todo lo contrario a lo que, supuestamente, se busca lograr.
Por otro lado, hay otra serie de puntos que generarían un fuerte impacto social y jurídico:
- El actual proyecto tiene incongruencias legales e inconsistencias con el Código Civil y Comercial, lo que puede llevar a confusión y caos jurídico.
- Se vulneran los Derechos Humanos, infringiendo el principio de progresividad y la prohibición de regresividad, como indica el artículo 26 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José). Incorporado en nuestra Constitución Nacional en virtud del art. 75 inc. 22.
- Se profundiza la desigualdad de género porque en un matrimonio las partes no son iguales.
- No se aborda correctamente las necesidades de personas con discapacidad o adultos mayores.
Claro que nadie se opone a la agilidad de los trámites, que incluso hoy no está en duda porque en actualidad un divorcio de común acuerdo puede tardar como máximo 30 días pero, en la mayoría no más de una semana. Lo que sí nos oponemos es a la precariedad con la que se pretende abordar las consecuencias que derivan del divorcio.
Por eso, esta iniciativa más que divorcio exprés representa una licuación exprés de los derechos de las personas, dejando a las partes en una situación de desprotección absoluta, afectando la justicia y la equidad del proceso, con consecuencias para los involucrados.
Necesitamos que se abra un camino de diálogo y que los legisladores comprendan la necesidad de preservar el control judicial sobre los divorcios como forma de asegurar la protección de los derechos fundamentales de la ciudadanía.
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