
Al visitar a un adolescente en un instituto de menores, debemos reconocer que hemos llegado tarde, que esto no debería haber ocurrido. Nos encontramos allí mayoritariamente con adolescentes que, desde el inicio de su vida han padecido la pobreza multidimensional. Es muy duro ver que el primer encuentro mano a mano del Estado con estos menores se da a través de la justicia penal. ¿El problema son los menores pobres en conflictos con la ley, o el problema profundo y de raíz es la decisión y voluntad de sostener a lo largo del tiempo una política pública de inclusión e integración social?
Es necesario un régimen penal juvenil verdaderamente humano y abierto a la esperanza, con todas las garantías del proceso, sin bajar la edad mínima de responsabilidad penal, es decir, manteniéndola en 16 años. Esto sería más acorde a los estándares internacionales de derechos humanos y, en particular, con la Convención de los Derechos del Niño. En este marco aparecen caminos concretos: la justicia restaurativa, la mediación, la remisión de casos, las medidas no privativas de libertad.
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Los menores que son llevados al delito por organizaciones criminales son sus víctimas. El Estado debe alejarlos de esa opción, en lugar de reafirmarlos en el rol de delincuentes. Cuando vemos adolescentes que tienen armas en sus manos, deberíamos preguntarnos: ¿por qué los hemos dejado en orfandad, expuestos a situaciones que los dañan a ellos en primer lugar? Es claro que los adolescentes no son responsables del tráfico de armas que se da en nuestra sociedad, muchas veces ligado al narcotráfico. Este contexto es particularmente dramático en villas, cuya población está compuesta, más de la mitad, por menores.
El necesario proceso de integración socio urbana de los barrios populares comienza insertando a todos los chicos en las escuelas y a sus familias en trabajos dignos, generando espacios públicos de recreación, habilitando instancias de participación comunitaria, servicios sanitarios, acceso a agua potable, electricidad, cloacas, por nombrar sólo algunas medidas.
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A su vez, es necesario tener cuidado del populismo penal. Es decir, la creencia de que mediante tal pena se pueden obtener los beneficios que en realidad requeriría la implementación de otro tipo de política económica y de inclusión social. Hay que evitar esa tendencia que existe de construir deliberadamente enemigos: figuras estereotipadas que concentran en sí mismas todas las características que la sociedad percibe o interpreta como peligrosas. Esto se vuelve más delicado si estamos hablando de menores.
Como decía Francisco a una delegación de la asociación internacional de derecho penal: “Los Estados deben abstenerse de castigar penalmente a los niños que aún no han completado su desarrollo hacia la madurez, y por tal motivo no pueden ser imputables. Ellos, en cambio, deben ser los destinatarios de todos los privilegios que el Estado puede ofrecer, tanto en lo que se refiere a políticas de inclusión como a prácticas orientadas a hacer crecer en ellos el respeto por la vida y por los derechos de los demás.”
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La respuesta primera a los inimputables es el cumplimiento de la Ley de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (Ley 26.061). La deuda social con los menores es la gran deuda de los argentinos, no se trata solamente de un problema económico o estadístico, es principalmente un problema ético que nos afecta en nuestra dignidad más esencial.
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