
La cantidad de Diputados Nacionales está determinada por la cantidad de habitantes. En efecto, si bien la Constitución Nacional, desde la reforma de 1898, dispone que debe haber un diputado por cada treinta tres mil habitantes, autoriza al Congreso para que, después de cada censo -que a tal fin no podría realizarse en períodos inferiores a los diez años-, modifique la relación diputado-habitantes.
La última ley dictada en ese sentido fue la 22.847, del año 1983, según la cual, en función de la cantidad de habitantes que surgió del censo realizado en 1980, se definió que existe un diputado por cada ciento sesenta y un mil (161.000) habitantes.
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El procedimiento para definir cuántos Diputados Nacionales hay, consiste en tomar la población de cada unidad federativa (provincias y ciudad de Buenos Aires), y dividirla por ciento sesenta y un mil. De esta forma surgirán veinticuatro cifras, que representan la cantidad de diputados que el pueblo de cada una de esas unidades federativas puede elegir.
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Sin embargo, la ley 22.847 establece que cada provincia y la Capital Federal (ciudad de Buenos Aires), deben adicionar, a la cifra resultante, tres diputados más. Y si aun así, en alguna unidad federativa la cantidad de diputados que su pueblo elige fuera inferior a cinco, el mínimo se eleva a esa cantidad.
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Por lo tanto, el pueblo de cada provincia y de la ciudad de Buenos Aires elige a, por lo menos, cinco diputados para el Congreso de la Nación, independientemente de la cantidad de habitantes que tenga.
En este aspecto es necesario recordar que la Constitución Nacional ha querido que la población de cada provincia esté representada en función de su cantidad: más población, más diputados en el Congreso de la Nación por esa provincia. A pesar de ello, la ley 22.847, al pretender equilibrar la representación entre las provincias más pobladas y las menos pobladas, estableciendo el mínimo indicado arriba –cinco-, ha desvirtuado la proporcionalidad pretendida por la Constitución Nacional, lo cual la torna, a mi juicio, inconstitucional.
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La Cámara de Diputados del Congreso de la Nación tiene actualmente doscientos cincuenta y siete diputados, siendo la población de la provincia de Buenos Aires la que más cantidad de representantes elige para enviar a dicha Cámara: son setenta, es decir, el 27,2 % del total de Diputados Nacionales.
En el otro extremo hay quince provincias cuyos pueblos eligen solo cinco diputados (Catamarca, Corrientes, Chubut, Formosa, La Pampa, La Rioja, Misiones, Neuquén, Río Negro, Salta, San Juan, San Luis, Santa Fe, Santiago del Estero y Tierra del Fuego).
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En el medio, el pueblo de la ciudad de Buenos Aires elige veintiséis diputados, los de las provincias de Córdoba y Santa Fe eligen dieciocho, los de las provincias de Mendoza y Entre Ríos eligen diez, y ocho los de las provincias de Tucumán y Chaco.
Pero debe tenerse en cuenta que las cifras mencionadas, se obtuvieron de acuerdo a la cantidad de habitantes que tenía cada unidad federativa según el censo de 1980. De modo que hace cuarenta y tres años que no se modifica la cantidad de Diputados Nacionales, aún cuando, desde entonces, la población aumentó un 65%.
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Si se tomara la cantidad de habitantes que existe en cada provincia según el último censo de 2022, y se la dividiera por 161.000, seguramente debería aumentarse la cantidad de diputados. Y si se aumentara también esa base de 161.000, en el mismo porcentaje que aumentó la población (65%), la cantidad de diputados nacionales sería sustancialmente menor.
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La paupérrima distribución territorial que existe en la Argentina, hace que sea difícil actualizar la cantidad de diputados que el pueblo de cada provincia elige, porque, de aumentarse la base de 161.000 en el mismo porcentaje que aumentó la población, debería haber un diputado por cada 266.000 habitantes, en cuyo caso, por ejemplo, el pueblo de Tierra del Fuego no llegaría a elegir diputados nacionales, y otras provincias como San Luis, Chubut, Santa Cruz o Catamarca apenas podrían elegir a dos o tres diputados. No hay que olvidar que la mitad de las provincias de la Argentina tienen menos de un millón de habitantes.
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Con relación a los Senadores Nacionales, la cantidad es fija, porque ejercen una representación institucional de las provincias a las que representan. Hasta la reforma constitucional de 1994, eran dos senadores por provincia y dos por la Capital Federal; eran elegidos por las Legislaturas de cada provincia (en el caso de la Capital se los elegía a través de un Colegio Electoral); duraban nueve años en sus cargos, y la cámara se renovaba por tercios cada tres años.
Desde la reforma mencionada son tres por provincia y tres por la ciudad de Buenos Aires (la Capital Federal no está representada, como tal, en el Senado); son elegidos en forma directa por el pueblo; duran seis años en sus cargos, y la cámara se renueva por tercios de las unidades federativas, cada dos años.
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