Con el tiempo, la palabra 'discriminación' ha tomado más corrientemente la acepción negativa del término. Sin embargo, debemos considerar que la discriminación está presente en toda acción y propósito deliberado. Estas facultades exclusivamente humanas implican elecciones, manifestaciones de preferencias o cursos de acción cuya realización, necesaria e ineludiblemente, excluye otras opciones.
El lector no dejará de apuntar que no es lo mismo elegir entre jugar al tenis y pasear el perro que cuando dichas elecciones involucran personas. Pero tengamos en cuenta también que, cuando elegimos un amigo, un proveedor de tomates, un empleado para trabajar en nuestra empresa, un dentista o una línea aérea, estamos discriminando personas. Discriminamos personas por su experiencia, sus valores y otras características que creemos que se ajustan al perfil que pretendemos encontrar en un amigo, un jardinero o un asesor de inversiones.
A nuestro juicio, la discriminación condenable es aquella que no considera a la igualdad ante la ley como un valor esencial e inherente a la naturaleza del hombre. El principio fundamental para que una sociedad se considere civilizada es reconocerle a cada individuo, y a todos por igual, el respeto irrestricto a su vida, a su libertad y su propiedad.
Sin embargo —y este es un punto central—, de este principio no se desprende que el individuo tenga derecho a la vida, la libertad y la propiedad de otros. Cuando, por ejemplo, un gobierno obliga a una universidad a mantener cupos mínimos de ingreso para latinos, no le está otorgando derechos a los latinos, sino afectando el derecho a los titulares de la universidad de disponer de su propiedad. En el mismo sentido, creo igualmente criticable cuando el monopolio de la fuerza presiona a un club exclusivo de hombres a aceptar mujeres como socias, o que obliguen a un club de mujeres a aceptar hombres como asociados. Aquellos fines que se propongan las asociaciones libres entre individuos, mientras no tengan por objeto lesionar derechos de otros, deben ser respetados a ultranza.
La empresa que se autoimpone un aumento en la proporción de mujeres en su plantilla de empleados supone que la dirección considera que la empresa está desatendiendo el talento y los valores que las mujeres pueden aportar a la institución para mejorar su cuadro de resultados. Esto es legítimo, pero, si la práctica fuera originada por una imposición legislativa, sería impropio, inadmisible y una clara corrosión institucional en donde la ley se convierte en un canal válido para disponer de la propiedad de otros y hacer prevalecer nuestros gustos y necesidades.
Fue muy comentado en los medios un episodio que protagonizaron dos chicas en un conocido bar de la zona de la Recoleta, cuyo comportamiento no fue acorde a la conducta que pretenden los dueños del lugar. A veces se confunde el espacio público con un espacio privado que, por fines comerciales, está abierto al público. Un restaurant, un teatro, un parque de diversiones o un local de ropa no pierden el carácter privado por ser abiertos al público. En consecuencia, son los dueños los que deberían tener la supremacía y la potestad sobre su propiedad y las normas o las pautas de orden que ellos crean convenientes para atender a los clientes que quieran convocar. Esto incluye la decisión acerca de si los hombres deben vestir con saco y corbata para su ingreso, si se puede fumar o no, si se determinará una edad mínima de ingreso, si aceptarán mascotas. En aquellos que son locales gastronómicos, si habrá menú light o no, si pondrán o no sal en la mesa, el tamaño del vaso en que se sirven bebidas colas, etcétera.
En el caso del restaurant de Buenos Aires que comentamos, días después del episodio se organizó un "besazo", que consistió en convocar a homosexuales en la puerta del local para hacer las mismas demostraciones que habían originado el episodio. Algunos fueron más allá con la provocación e ingresaron al local para besarse. El absurdo más acabado de toda esta prepotencia fue la intervención de la autoridad porteña para informar que el Gobierno decidió someter a los empelados del restaurant a un curso sobre la convivencia en la diversidad.
Son irrelevantes las apreciaciones que personas ajenas a la propiedad de un comercio determinado puedan hacer sobre sus normas. Así como nadie nos debe obligar a concurrir a locales que no son de nuestro agrado o cuyas normas de inclusión nos resulten antipáticas, no tenemos el derecho de imponer nuestras preferencias a sus dueños como si se tratara de nuestra propiedad.
El autor es magíster en Economía y Administración de Empresas, ESEADE.
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